Buenas!
Tengo entendido que a partir del día 1 del séptimo mes, se te considera residente eximiéndote de pagar los impuestos que se pagarían en España (siempre y cuando claro está tengas la visa en orden)
Por otro lado comentar que la empresa Española que te manda a Omán, seguirá cotizando por ti en la seguridad social..