HOla, te copio respuesta desde un colegio de psicologos de España sobre las funciones del Psi en España:
A continuación informamos de la funciones que se pueden realizar como Psicólogo/a, según la titulación que se tenga, de acuerdo con la legislación actualmente en vigor:
Psicólogo/Psicóloga:
Licenciado/graduado en Psicología. Es el nivel básico de formación que habilita, una vez se ha inscrito en un Colegio Oficial de Psicología, para ejercer como Psicólogo en España, y no tiene por sí solo reconocimiento como profesión sanitaria. Así, puede legalmente desarrollar todas las competencias profesionales psicológicas (dentro de los ámbitos educativo, laboral, social…), excepto aquellas que impliquen valorar e intervenir sobre la salud en el ámbito sanitario.
Psicólogo/Psicóloga Sanitario:
Licenciado/Graduado en Psicología, habilitado como Sanitario por la vía del ejercicio con fecha anterior al 6 de octubre de 2014, o con el Máster oficial en Psicología General Sanitaria. Puede ejercer la Psicología en el ámbito sanitario, excepto en el Sistema Nacional de Salud, o centros concertados con él, para prestar los servicios comunes regulados. Puede desarrollar su actividad profesional por cuenta propia o ajena en el sector sanitario realizando investigaciones, evaluaciones o intervenciones psicológicas sobre cualquier aspecto del comportamiento relacionado con la salud, siempre que no se requiera una atención especializada.
Según la Ley 33/2011 General de Salud Pública, corresponde al Psicólogo Sanitario:
"...la realización de investigaciones, evaluaciones e intervenciones psicológicas sobre aquellos aspectos del comportamiento y la actividad de las personas que influyen en la promoción y mejora del estado general de su salud, siempre que dichas actividades no requieran una atención especializada por parte de otros profesionales sanitarios".
Psicólogo/Psicóloga especialista en Psicología Clínica (Psicólogo Clínico):
Licenciado/Graduado en Psicología con el título oficial de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica (PIR). Puede ejercer la Psicología en todo el sector sanitario.
Por otra parte, para trabajar como Orientador/a Educativo -en enseñanza pública y concertada- se tiene que tener la licenciatura/grado de Psicología y el Máster Universitario de Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas, dado que los Orientadores Educativos pertenecen al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. En la pública se accede al puesto por oposición, y se puede elegir plaza en equipos de orientación, centros de educación especial, institutos o centros de educación de adultos. Para trabajar en la enseñanza privada lo que requiera la empresa.
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