HOLA MI CASO ES EL SIGUIENTE SOMOS ECUATORIANOS NOS CASAMOS EN ESPAÑA CIVIL A HORA ESTAMOS VIVIENDO AQUÍ EN ECUADOR EN MANTA Y QUERIA SABER DONDE TENEMOS QUE INSCRIBIR EL MATRIMONIO SI AQUÍ EN MANTA ,GUAYAQUIL. O QUITO Y SI POR INSCRIBIRLO TIENE ALGÚN PRECIO .GRACIAS SE ME OLVIDABA TENEMOS LOS DOS LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA
Hola.
1.- La inscripción del matrimonio celebrado en el exterior, cuando al menos uno de los contrayentes es ecuatoriano, debe inscribirse EN ECUADOR, en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, concretamente en el Servicio de Registro del Exterior del Departamento de Registro Civil, en la ciudad de Quito. Funciona en Av. Amazonas con Av. Naciones Unidas (esquina). El servicio está centralizado en Quito, de modo que las personas que residan en otras ciudades de Ecuador necesariamente deberán desplazarse a la capital.
2.- Al ser ambos ecuatorianos, no hay mayor problema e inconveniente. Únicamente necesitarán la cédula de identidad y ciudadanía, el certificado de votación en el último proceso electoral (aunque si han sido residentes fuera de Ecuador y han estado inscritos como tales en el Padrón Electoral del Consejo Nacional Electoral, no les es exigible el certificado de votación, pues para los ecuatorianos residentes fuera de Ecuador, el voto es facultativo) ; los certificados de movimiento migratorio de ambos (se obtiene en la Unidad Provincial de Información Migratoria de la Dirección Nacional de Migración de la Policía Nacional, su expedición genera una tasa de 4 dólares) y el certificado literal de matrimonio del Registro Civil español actualizado, legalizado con la Apostilla de La Haya.
3.- Dentro de Ecuador es irrelevante que ambos tengan nacionalidad española, pues aunque Ecuador admite la doble nacionalidad, cuando las personas ecuatorianas ingresan en Ecuador, su nacionalidad efectiva a todos los efectos es la ecuatoriana y la otra nacionalidad que pudieran tener pasa a estar hibernada o en estado de latencia. Ahora bien: si se casaron en España siendo ambos o al menos uno de nacionalidad española (bien porque la tuvieron atribuida desde el nacimiento o bien porque la adquirieron en España) y en el acta de matrimonio española consta que ambos o al menos uno es de nacionalidad española (que es como corresponde en España), sería conveniente que adjuntaran adicionalmente, como medios de prueba de que se trata de las mismas personas y no haya lugar a confusiones, sendos certificados literales de nacimiento españoles, legalizados con la Apostilla de La Haya y DNI o pasaporte españoles.
4.- En efecto, el trámite de reconocimiento e inscripción del matrimonio en el Registro Civil de Ecuador está gravado con tasas. En total, 56 dólares, que se desglosan de la siguiente manera:
- 2 dólares por la especie valorada de solicitud.
- 2 dólares por el documento en el que se expedirá la resolución.
- 2 dólares por la razón de inexistencia.
- 50 dólares por concepto de estudio, calificación, dictamen jurídico y práctica de la inscripción del matrimonio en el Registro Civil.
5.- Dado que ambos son ecuatorianos, en cuanto sea reconocido e inscrito el matrimonio en el Registro Civil, deben solicitar inmediatamente la expedición de nuevas cédulas de identidad y ciudadanía, en las que deberá constar el estado civil de casado y el nombre del otro cónyuge (desde luego que la expedición de las cédulas nuevas también está gravada con una tasa de 10 dólares, al tratarse de una renovación por cambio de estado civil). Los efectos del matrimonio en el ordenamiento jurídico de Ecuador, se retrotraerán a la fecha en la que se celebró en España.
NOTA IMPORTANTE.- Se exige la comparecencia personal y conjunta de AMBOS cónyuges al momento de presentar la solicitud y los documentos preceptivos.
Un cordial saludo.