Impuestos en Paraguay (Datos oficiales)
Último actividad 09 Abril 2018 por RASKOLNIKOV88
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Hola a todos!
En esta ocasión os dejo algunos datos oficiales referentes a impuestos para que tengáis ciertas referencias sobre el país y su fisco.
Espero que os sean de provecho.
Un saludo!
IMPUESTOS EN PARAGUAY
Desde el año 2004, con la promulgación de la Ley 2421/04 De Reordenamiento Administrativo y Adecuación Fiscal, que busca una mayor equidad en el trato tributario, se amplió la base de contribuyentes al fisco paraguayo. Esta ley modifica aspectos claves de la Ley 125/91 (vigente desde1991), que hasta entonces regulaba el tema tributario. Entre los aspectos modificados en la nueva ley están:
los impuestos a las rentas empresariales, los impuestos a las rentas agropecuarias, los impuestos a los pequeños contribuyentes y los impuestos al consumo. Además, se incorporó el Impuesto a la Renta Personal.
Los cambios empezaron a regir desde 2005, pero la mayoría, a excepción del Impuesto a la Renta Personal, que hasta la fecha sigue sin ser aplicado, se implementaron íntegramente durante los años 2006 y 2007. La filosofía del nuevo régimen impositivo se puede resumir en tres aspectos: reducción del Impuesto a la Renta de las empresas, generalización del Impuesto al Valor Agregado y formalización de la economía, mediante la intervención de todos los agentes que tienen la obligación de exigir documentación legal de sus transacciones, generando así una mayor equidad y justicia en la carga tributaria.
En el año 2006, los impuestos al consumo representaron el 62% de las recaudaciones tributarias del Paraguay. Por su parte, los impuestos sobre las actividades comerciales representaron sólo el 15%. Con el fin de promover la inversión, el fisco ha tenido que sacrificar una parte de sus recaudaciones. De todo lo que se ha dejado de recaudar, el 38% ha sido causado por los incentivos contemplados en la Ley 60/90 Régimen de Incentivos Fiscales a la Inversión de Capital Nacional y Extranjero.
Impuesto a la Renta de Actividades Comerciales
Este es un impuesto directo que grava a todas las rentas de fuente paraguaya provenientes de la realización de actividades comerciales, industriales o de servicios, excepto las de carácter personal. Las rentas de fuente paraguaya son aquellas que se generan en actividades desarrolladas dentro de la República, sin importar la nacionalidad o la residencia de quienes intervengan en ellas.
Entre los contribuyentes de este impuesto están: las empresas unipersonales, las sociedades de todo tipo, las asociaciones, las corporaciones y demás entidades privadas de cualquier naturaleza; también las personas o entidades constituidas en el exterior que realicen actividades gravadas en el país.
Actualmente, la tasa general de este impuesto es del 10%, es decir, veinte puntos porcentuales menos que la tasa del 30% que estuvo vigente hasta antes de la reforma tributaria. Sin embargo, si la empresa reparte utilidades a sus socios, se aplicará una tasa adicional del 5% sobre los importes netos acreditados o pagados. Para empresas domiciliadas en el exterior, la casa matriz o los accionistas deberán pagar el 15% sobre los importes netos remesados.
Impuesto a la Renta Personal
Este es un impuesto directo que grava a las rentas de fuente paraguaya provenientes de la realización de actividades que generen ingresos personales, es decir, profesiones, oficios, ocupaciones y prestación de servicios de cualquier tipo. Se incluye también el 50% de los dividendos, utilidades o excedentes que se obtenga en carácter de accionista o socio de empresas que realicen actividades comprendidas en el Impuesto a la Renta de Actividades Comerciales.
La entrada en vigencia de este impuesto debía darse a comienzos del año 2006 pero fue suspendida por el Congreso paraguayo. Aún así, estas son las tasas que se aplicarán una vez que el impuesto entre en vigencia.
-Ingresos mensuales superiores a 13.417.750 Gs o ingresos anuales superiores a 161.013.000 Gs ....................................................................................................................................... 10%
- Ingresos mensuales superiores a 4.025.325 Gs (pero inferiores a 13.417.750 Gs) o ingresos anuales superiores a 48.303.900 Gs (pero inferiores a 161.013.000 Gs)................................................................................................................................... 8%
NOTA: Al primer año de entrada en vigencia del impuesto sólo tributarán aquellas personas cuyos ingresos mensuales superen los 13.417.750 Gs o sus ingresos anuales superen los 161.013.000 Gs . Posteriormente, la renta imponible se reducirá cada año en 1.341.775 Gs, hasta llegar a los 4.025.325 Gs mensuales.
Fuente: Ley 2421/04 De Reordenamiento Administrativo y Adecuación Fiscal
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un impuesto indirecto que grava a toda operación que tenga por objeto la entrega de bienes con transferencia del derecho de propiedad o que otorgue a quienes los reciban la facultad de disponer de ellos como si fueran sus propietarios. Cada actor en la cadena de valor paga a su antecesor el IVA correspondiente y los consumidores finales son los que soportan la carga del tributo.
En 2006, este tributo, que tiene muchos contribuyentes, representó el 45% de los ingresos tributarios del Estado paraguayo.
En el nuevo régimen tributario se establece una diferenciación del IVA por tipo de producto. A ciertos productos de la canasta familiar y algunas transacciones se les aplica una tasa del 5%. En el resto de los casos la tasa aplicada es del 10% :
-Contratos de cesión de uso de bienes y enajenación de bienes inmuebles 5%
- Compra de los siguientes bienes de la canasta familiar: arroz, fideo, yerba mate, aceites comestibles, leche, huevos, carnes no cocinadas, harina, sal yodada 5%
- Pago de intereses, comisiones y recargos de los préstamos y financiaciones 5%
- Enajenación de productos farmacéuticos 5%
- Todos los demás casos 10%
Aunque la tasa nominal para la enajenación de bienes inmuebles es del 5%, la Ley de Reordenamiento Administrativo y Adecuación Fiscal considera como valor imponible el 30% del precio de venta del inmueble transferido, por lo cual la tasa efectiva es del 1,5%. También es importante destacar que los productos agropecuarios en estado natural están exentos de IVA, así como los productos artesanales, tanto para exportación como para su venta en el mercado local.
Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)
Este impuesto se aplica sobre los productos cuyo consumo se considera socialmente indeseable y sobre los bienes considerados lujosos, sin importar si son producidos en el país o en el exterior. A continuación se muestra la tasa por concepto de ISC que se aplica a algunos bienes representativos.
-Cigarros de cualquier clase 12%
- Bebidas gaseosas sin alcohol 5%
-Cervezas en general 8%
- Productos de licorería 10%
- Combustibles derivados del petróleo 50%
- Armas, municiones, y sus partes y accesorios 5%
Según el artículo 106 de la Ley de Reordenamiento Administrativo y Adecuación Fiscal, el Poder Ejecutivo está facultado para fijar tasas diferenciales a los distintos tipos de productos, pero sólo hasta la tasa máxima preestablecida.
El ISC representa el 17% del total de las recaudaciones del Paraguay. Dentro de las recaudaciones de este impuesto, el mayor peso lo tienen las provenientes del ISC a los combustibles.
Impuesto a la Patente de Rodados
Para poder circular en el país, todo vehículo, ya sea de uso particular o comercial, debe pagar anualmente el Impuesto a la Patente de Rodados. En Asunción deben registrarse los vehículos de uso particular, aquellos cuyo propietario reside en la ciudad de Asunción, y aquellos de uso comercial cuyo negocio está asentado en la ciudad de Asunción.
-0 a 500.000 Gs - Mínimo 0 Máximo 7.500 Gs = 0, 00%
-500.001 a 1.000.000 Gs - Mínimo 7.500 Máximo 12.000 Gs = 0, 90%
-1.000.001 a 2.000.000 Gs - Mínimo 12.000 Máximo 20.000 Gs = 0, 80%
-2.000.001 a 3.000.000 Gs - Mínimo 20.000 Máximo 26.0000 Gs = 0, 60%
-3.000.001 a 3.500.000 Gs - Mínimo 26.000 Máximo 29.000 Gs = 0, 60%
-3.500.001 a 4.000.000 Gs - Mínimo 29.000 Máximo 34.000 Gs = 1, 00%
-4.000.001 en adelante Gs - Mínimo 34.000 Máximo en adelante Gs = 1, 00%
La información esta sacada de un documento que me descargué hace unos meses rastreando la red y fue elaborado por la Unidad Técnica de Estudios para la Industria UTEPI; con la colaboración de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y el ministerio de industria y comercio del Paraguay. No puedo facilitarte el enlace, porque lo descargué ya hace unos meses como he comentado anteriormente.
Intentare subir su totalidad al foro poco a poco.
Un saludo!
Gran artículo, gracias, quería preguntar cuál es la mejor forma de mover el dinero de Paraguay a España, si por transferencia bancaria o por wester? cual es el mejor sistema para enviar dinero? sabéis donde podria encontrar información referente a tasas y comisiones a abonar tanto si se hace por cuenta bancaria como por otro sistema de envios de dinero? gracias.
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