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ILEGALIDAD EN ECUADOR - SOY EUROPEO

Nueva conversación

Helena_1109

Hola buenas tardes a todos, tengo casi 1 semana de ilegalidad en Ecuador y estoy de los nervios. soy Eslovaco, no sabia que no podía sellar como los latinoamericanos y se me pasó la fecha. no quiero acercarme a ningún sitio a preguntar... Pero se que me puede caer una multa. quisiera saber cuanto seria? y si me agarran con ilegalidad, no puedo optar por visa de trabajo? es la única manera de estar legal... por fa, ayúdenme.

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marquesdevelez

Helena_1109 escribió:

Hola buenas tardes a todos, tengo casi 1 semana de ilegalidad en Ecuador y estoy de los nervios. soy Eslovaco, no sabia que no podía sellar como los latinoamericanos y se me pasó la fecha. no quiero acercarme a ningún sitio a preguntar... Pero se que me puede caer una multa. quisiera saber cuanto seria? y si me agarran con ilegalidad, no puedo optar por visa de trabajo? es la única manera de estar legal... por fa, ayúdenme.


Hola:

En su caso, si ya pasó el plazo de 90 días para permanecer en Ecuador en calidad de turista, ya no podrá solicitar visa alguna dentro del país, pues el Reglamento a la Ley de Extranjería de Ecuador establece que las modificaciones de visas deben solicitarse MIENTRAS DURE LA PERMANENCIA LEGAL AUTORIZADA. Sólo se exceptúan de esta regla general los beneficiarios del Acuerdo de residencia MERCOSUR y las personas que sean cónyuges o convivientes de hecho o parientes hasta dentro del segundo grado de consanguinidad y afinidad de personas de nacionalidad ecuatoriana o de personas extranjeras titulares de una visa de INMIGRANTE distinta de la 9-VI. Si usted no se encuentra en ninguno de esos supuestos, no podrá ya solicitar ninguna visa.

Usted está jurídicamente obligado a abandonar territorio de Ecuador, pues ya venció su plazo de permanencia autorizado y no solicitó dentro de él modificación de su calidad migratoria. Ya no existe multa por permanencia irregular. Pero si desea volver al país y no hallarse incurso en la causal de exclusión prevista en la Ley de Migración (que impediría una futura admisión a territorio de Ecuador), debe solicitar una prórroga extraordinaria de 48 horas a los solos efectos de abandonar territorio de Ecuador, para lo cual es competente la Dirección Nacional de Migración del Ministerio del Interior, a través de sus Unidades Provinciales de Información Migratoria.

Un cordial saludo.

TerezaP.

Ahoj, ja jsem z CR, jestli neco potrebujes...treba se pobavit o tve situaci, muzes se mi ozvat na mail... Sem moc casto nechodim. Ziji tu temer 3 roky - v Quitu. Mail: girasoles@seznam.cz

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