Si se está pensando en vivir en Colombia es de vital importancia conocer elementos fundamentales que tienen que ver con el servicio de salud, sobre todo cuando el sistema es complejo y precisamente no muy eficiente.
Sistema de salud en Colombia
Antes de hablar del Sistema de Salud en Colombia, es importante aclarar que en Colombia es legal el ejerció privado de la medicina; hay excelentes centros hospitalarios con tecnología de punta, y grandes avances en la ciencia, tanto públicos como privados. Un segmento en auge es el Turismo de Salud, sobre todo en Bogotá y Medellín,
Hecha esta aclaratoria, es bueno tratar de entender en palabras sencillas, como opera el Sistema de la Salud en Colombia.
El sistema de salud colombiano es sencillo de entender. Hay un régimen subsidiado gubernamentalmente para las personas sin recursos y un régimen contributivo para las personas con recursos. Los pertenecientes al segundo se afilian a una EPS o Medicina Prepagada, donde contribuyen una parte para su propio seguro y la otra para ayudar a soportar al grupo subsidiado. Este modelo a priori parece efectivo pero en su implementación se encuentran 2 problemas grandes: hay desequilibro entre los contribuyentes y los subsidiados, y es el Estado quien tiene que inyectar más dinero y el otro problema es que las EPS y Prepagadas han mostrado una predisposición a la corrupción más profunda e inhumana, permitida por su carácter mixto, donde reciben dinero de contribuyentes, y del estado al mismo tiempo. Luego entre más intermediarios haya la tajada que se roban se verá multiplicada. Diario semana.
El régimen contributivo
Es el sistema de salud mediante el cual todas las personas vinculadas a través de contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados y jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago, hacen un aporte mensual (cotización) al sistema de salud pagando directamente a las EPS y/o Prepagada, lo correspondiente según la ley para que a su vez éstas contraten los servicios de salud con las IPS o los presten directamente a todas y cada una de las personas afiliadas y sus beneficiarios. Según la ley 100 de 1993 todos los empleados, trabajadores independientes (con ingresos totales mensuales a un salario mínimo) y los pensionados, deben estar afiliados al Régimen Contributivo. La responsabilidad de la afiliación del empleado es del empleador y del pensionado es del Fondo de Pensiones.
El aporte a salud debe ser el 12,5% del salario base de cotización, porcentaje que asume en su totalidad los trabajadores independientes, y en caso de los empleados éste asume el 4% y el empleador el 8,5%. En el caso de los jubilados, estos asumen el 100% del pago de su aporte a pensión, lo cual resulta en una infamia dado que sus ingresos por pensión oscilan entre la mitad y una tercera parte de sus ingresos salariales previos.
El empleado, escoge la EPS que prefiere y se lo comunica al empleador junto con los datos de su familia. El pensionado, como viene de ser empleado, seguramente se encontrará ya afiliado a una EPS, tal y como debe hacerlo todo empleado; al pasar de empleado a pensionado su afiliación no se verá afectada. En ese caso lo que se hace es informar al Fondo de Pensiones cuál es la EPS a la que éste deberá entregar su cotización, que podrá ser la misma a la que venía afiliado o bien en caso de que haya decidido cambiarse. Si por alguna eventualidad al momento de empezar a recibir la pensión no se encuentra afiliado a una EPS, para afiliarse (no importa cuál fue el motivo de su pensión), escoge la EPS que prefiera y se lo comunica al Fondo de Pensiones al que se encuentre afiliado junto con los datos de su familia así el Fondo lo afilia y el pensionado y su familia adquieren el derecho a recibir los beneficios del Plan Obligatorio de Salud (POS) y el respectivo carné. Los Fondos de Pensiones están obligados a afiliar a los pensionados y a sus familias y son responsables de pagar el valor de la cotización mensual a las EPS que los pensionados escojan.
Beneficios en el régimen contributivo
Al afiliarse al régimen contributivo el afiliado (cotizante) y sus beneficiarios tienen derecho a recibir:
Los beneficios del Plan Obligatorio de Salud
Un subsidio en dinero en caso de incapacidad por enfermedad.
Un subsidio en dinero en caso de licencia de maternidad.
Las Mejores EPS y Prepagadas
Las 4 primeras son: Sura, Sanitas, Compensar y Grupo Comeva
Medicina Prepagada
Los planes de la Medicina Prepagada evidentemente son más costosos por el mayor número de beneficios, como atención personalizada, la reducción considerable en el tiempo de atención y la posibilidad de contar con los mejores especialistas.
¿Qué hacer en Colombia cuando requieras de un servicio de salud?
La recomendación siempre es viajar con seguro de salud desde el país de origen e investigar antes de emigrar, si ese seguro, tiene cobertura en Colombia.
Extranjeros sin vinculación laboral
Según la legislación colombiana, los extranjeros que se encuentren de paso por en el país, no cuentan con una regulación por parte de la norma que indique las condiciones en las cuales deben afiliarse al sistema de salud, de tal manera que las opciones se orientan a atender las contingencias en salud sufragando directamente los costos (al percibir un ingreso) o siendo atendidos a través del régimen subsidiado (al no percibir recursos), en desarrollo del derecho a la seguridad social entendido como irrenunciable y de cobertura progresiva.
Sin embargo, revisando otra legislación, los extranjeros sin contrato de trabajo y/o sin ingresos serán "vinculados" al sistema según el literal b del artículo 157 de la ley 100 y serán atendidos por el sistema de subsidio a la demanda en servicios de salud, mientras se amplía esa cobertura para ellos.
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