Buenas quisiera hacer una consulta yo ingrese al Ecuador el dia 13 de diciembre de 2017, pasaron los 180 dias que me permite la estadia como pais de UNASUR (Argentina), antes haberme vencido el plazo comence el tramite para sacar la visa de residencia temporal, por motivos economicos y de papeles que me requerian no pude hacerlo, mi pregunta es si salgo del pais despues de cumplir el año me permiten volver a reingresar al pais para poder normalizar mi situacion casandome con una persona ecuatoriana?. Atte Agradezco su respuesta
Hola:
De acuerdo con la Ley Orgánica de Movilidad Humana, su Reglamento de desarrollo y el Protocolo para la imposición de multas por infracciones migratorias aprobado mediante Acuerdo del Ministerio del Interior :
- EN GENERAL, las personas extranjeras que superen el tiempo máximo autorizado de permanencia en Ecuador incurren en falta migratoria y debe imponérseles una multa de 2 remuneraciones básicas unificadas del trabajador general.
- Con todo, a las personas nacionales de Estados parte de la UNASUR no se les impondrá sanción alguna durante el plazo de 30 días posteriores al vencimiento de su estancia autorizada en Ecuador, a fin de que durante ese plazo puedan regularizar su situación ( que implica solicitar alguna visa de RESIDENCIA TEMPORAL o RESIDENCIA PERMANENTE, si se hallaran en la posibilidad de solicitarla).
- Las personas nacionales de países distintos de los de la UNASUR que hubieran permanecido en Ecuador por tiempo superior al autorizado y quisieran continiar en el país, también pueden regularizar su situación en el plazo de 30 días siguientes a la fecha de caducidad de su estancia autorizada, pero ellos sí deben pagar la multa de 2 remuneraciones básicas unificadas del trabajador general como condición necesaria previa para su regularización ( que consiste en solicitar una visa de RESIDENCIA, sea temporal o permanente),
- Si no se regulariza la situación en Ecuador dentro del plazo establecido, YA NO SE LO PODRÁ HACER y la persona estará obligada a abandonar el país. Para salir de Ecuador no se les cobrará multa. Debe tenerse presente que cuando las leyes o reglamentos vigentes en el país establecen plazos, cualquier solicitud, trámite o gestión debe hacerse dentro de esos plazos, porque después ya no será posible hacerlo.
- Una vez que las personas extranjeras que han permanecido en Ecuador por más tiempo del autorizado han salido del país, NO PODRÁN REGRESAR hasta dentro de DOS AÑOS, a menos que soliciten visa consular, para cuya concesión se exigirá primeramente el pago de la multa establecida legalmente ( que la Dirección Nacional de Migración hará llegar al respectivo consulado del Ecuador, para que sea recaudada, antes de conceder la visa). Quedan exentos del pago de multa las personas nacionales de Perú, por así habérselo acordado en el Acuerdo sobre Estatuto Migratorio Permanente entre Ecuador y Perú y las personas nacionales de Colombia, en aplicación del principio de reciprocidad internacional, toda vez que Colombia no impone multas a personas de nacionalidad ecuatoriana que se encuentren irregularmente en su territorio.
Un cordial saludo.