hola soy español qiuero irme a ecuador con mi pareja que es ecuatoriana y montar un negocio en machala pero primero quiero estar un tiempo de vacaciones y luego quedarme a trabajar.PUEDO irme de vacaciones y luego quedarme a trabajar que papeles necesito.puedo solicitar los papeles desde ecuador gracias
Hola, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Extranjería de Ecuador:
1.- Cualquier extranjero puede ingresar en Ecuador sin necesidad de visa y permanecer, EN CALIDAD DE TURISTA, hasta 90 días, sin posibilidad de prórroga.
Excepcionalmente, por así disponerlo la Decisión 503 de la Comunidad Andina de Naciones, se puede prorrogar la estancia como turista HASTA por 90 días más, a los nacionales de otros Estados miembros de la Comunidad Andina de Naciones (Colombia, Perú y Bolivia) y a extranjeros nacionales de terceros países, que sean residentes legales en cualquiera de los ya mencionados Estado miembros de la Comunidad Andina de Naciones.
2.- Si su intención es radicarse en Ecuador y desarrollar actividades lucrativas, entonces debe solicitar una visa, según el tiempo estimado de permanencia y la finalidad perseguida.
3.- La Ley de Extranjería de Ecuador establece dos grandes categorías de visas: INMIGRANTE y NO INMIGRANTE. Puede consultar la entrada al respecto en el siguiente enlace, que tiene información que puede ser de su interés:
https://www.expat.com/forum/viewtopic.p … 52#1191887
4.- En su caso, si su pareja es ecuatoriana (y no están casados), sería conveniente que, si han formalizado la relación en España y tiene ya más de dos años, tengan a la mano los respectivos documentos para, EN Ecuador, solicitar que a partir de ellos, un notario ecuatoriano levante acta correspondiente, junto con la declaración de dos testigos, para que quede acreditada, conforme al ordenamiento jurídico de Ecuador la existencia de la unión de hecho.
5.- Siendo ya, formalmente, de acuerdo con el ordenamiento jurídico ecuatoriano, conviviente de hecho de una persona de nacionalidad ecuatoriana, es posible para usted solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de AMPARO FAMILIAR.
6.- Todas las visas de INMIGRANTE, permiten trabajar, por tanto, usted podrá hacerlo. Estará obligado a obtener cédula de identidad ecuatoriana. Cuando se concede la visa, se entrega la ORDEN DE CÉDULA.
7.- La visa la debe solicitar y obtener EN Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Y la cédula de identidad, en el Registro Civil.
Puede leer la información que se ha ido colgando en el foro, procurando tocar temas que son de interés para extranjeros que tienen la intención de establecerse en Ecuador.
Un saludo.