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mobilidad de mercosur

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paulopereirra

hola,

pues me gostaria saber como esta la cuestion de mobilidad dentro del mercosur.
Puede una persona com passaporte de paraguay ir vivir para ecuador ? abrir una cuenta bancária ? subscrever serviçios etc ?

gracias por sus ayuda

marquesdevelez

paulopereirra escribió:

hola,

pues me gostaria saber como esta la cuestion de mobilidad dentro del mercosur.
Puede una persona com passaporte de paraguay ir vivir para ecuador ? abrir una cuenta bancária ? subscrever serviçios etc ?

gracias por sus ayuda


Hola.

1.- Conviene aclarar que la República del Ecuador no es Estado miembro del MERCOSUR, sino tan solo Estado Asociado. Tal calidad confiere ciertos derechos al Estado dentro del MERCOSUR, pero menores a los que tienen los miembros plenos y asimismo, a los ecuatorianos en otros Estados miembros del MERCOSUR y a los nacionales de esos Estados en Ecuador, pero siempre dentro del ámbito que corresponda en la calidad de Estado Asociado y en virtud de instrumentos jurídicos vinculantes para los Estados.

Esto es importante que quede aclarado, dado que en el ámbito del MERCOSUR no es lo mismo ser un Estado miembro pleno, que goza de todos los derechos y tiene también todas las obligaciones y le es aplicable todo el acervo jurídico comunitario, que ser un Estado Asociado, en cuyo caso, los derechos son más bien limitados a lo expresamente fijado en los Tratados constitutivos y en los actos normativos de Derecho derivado que resulten vinculantes para los Estados Asociados..

2.- Los nacionales de Estados miembros del MERCOSUR, pueden ingresar en Ecuador provistos de su documento de identidad en vigor. No es indispensable el pasaporte, aunque sí conveniente llevarlo encima.

3.- Los paraguayos, como nacionales de un Estado miembro del MERCOSUR, pueden entrar en Ecuador solo con su documento de identidad y permanecer, en calidad de turistas, hasta por 90 días. Pero, si se quieren quedar a vivir, ya deben solicitar una visa, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo, ante el órgano competente en materia de Extranjería: el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

4.- Todavía Ecuador no ha depositado el Instrumento de Ratificación del Convenio de residencia entre Estados miembros del MERCOSUR, Chile y Bolivia, al que se adhirió en el 2011 (y del que forman parte también Perú y Colombia), por ello, todavía no se lo puede aplicar, porque se estableció que solo sería vinculante para Ecuador a partir de la fecha de depósito del Instrumento de Ratificación en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Paraguay, que es el Estado que actúa como depositario de ese Convenio. Por eso, todavía no puede aplicarse en Ecuador los tipos de residencia previstos en ese Convenio (temporaria de 2 años y permanente, luego de esos 2 años) a los nacionales de los Estados signatarios y sigue siendo de aplicación lo previsto en la normativa interna ecuatoriana: Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo.

5.- Por ello, deberá solicitar una visa de las existentes en la Ley de Extranjería, según el objetivo del establecimiento de la residencia en Ecuador.

6.- Los nacionales de Paraguay tienen la ventaja de que, para ellos, la concesión de la visa es GRATUITA, por así haberse pactado en Tratado internacional. Pero, debe entenderse que la gratuidad se circunscribe a la CONCESIÓN DE LA VISA, no a la solicitud de visa (gravada con 30 dólares), ni a la tasa del Empadronamiento de Migración (4 dólares), ni a la tasa por concepto de expedición de cédula de identidad ecuatoriana como extranjero (5 dólares).

7.- Para abrir una cuenta bancaria, es necesario ser titular de una visa de INMIGRANTE o de NO INMIGRANTE que lo permita (lo permiten todas, excepto la 12-X). Hallándose como simple turista no se puede abrir cuentas bancarias, porque en tal calidad, no se puede cumplir con los requisitos mínimos, que suponen tener actividad económica en Ecuador o estar a punto de iniciarla.

Puede consultar, en este mismo foro, el apartado VISAS PARA ECUADOR, donde se explica, de manera esquemática y conforme a lo establecido en la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo, los tipos de visa existentes:

https://www.expat.com/forum/viewtopic.p … 52#1191887


Un cordial saludo.

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