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martalik

Hola,
Soy española y voy a trasladarme a Ecuador con una visa de trabajo, para permanecer en principio durante un año.
Me han aconsejado que averigüe si puedo entrar dentro de la categoría de expatriados, ya que se reduce un 30% el importe sobre el que hay que pagar impuestos.
¿Alguien tiene información o puede decirme algo sobre este tema?

marquesdevelez

martalik escribió:

Hola,
Soy española y voy a trasladarme a Ecuador con una visa de trabajo, para permanecer en principio durante un año.
Me han aconsejado que averigüe si puedo entrar dentro de la categoría de expatriados, ya que se reduce un 30% el importe sobre el que hay que pagar impuestos.
¿Alguien tiene información o puede decirme algo sobre este tema?


Hola. Primero que nada, es necesario distinguir entre ámbitos materiales :

A) El relativo a la entrada y permanencia en territorio de Ecuador (regulado por la Ley de Migración y su Reglamento y la Ley de Extranjería y su Reglamento).

B) El relativo a la importación de menaje de casa y material de trabajo (regulado por la normativa aduanera).

C) El relativo al reconocimiento de títulos de nivel superior obtenidos en universidades o instituciones de educación superior extranjeras (regulado por la Ley Orgánica de Educación Superior y sus Reglamentos).

D) El relativo al acceso al correspondiente ámbito profesional, si se trata de una profesión reglada, regulado por la normativa sectorial correspondiente.

La calidad de "expatriados" no existe en la Ley de Extranjería de Ecuador. Solo se distingue dos calidades migratorias: INMIGRANTES y NO INMIGRANTES y dentro de cada una, existen diferentes categorías.

La diferencia fundamental es que a los INMIGRANTES se les concede visa para permanecer por tiempo indefinido, pueden trabajar en cualquier actividad, por cuenta ajena o propia y están obligados a obtener cédula de identidad; en cambio a los NO INMIGRANTES, se les concede visa por tiempo limitado y condicionado a la exclusiva dedicación a la actividad para la que se le concedió la visa y no tienen derecho a obtener cédula de identidad. Además, a efectos del Derecho Internacional Privado, se considera que los INMIGRANTES adquieren domicilio político en el Ecuador; en cambio, los NO INMIGRANTES, se considera que conservan el domicilio político en otro país (puede ser el de origen o aquel donde estuvieran residiendo antes de entrar en Ecuador).

Por ello, es necesario que indique a qué se refiere en concreto.

Un cordial saludo.

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