Menu
Expat.com

Si no trabajo en España no puedo ir a Ecuador??

Nueva conversación

Maria_malaga

E estado leyendo que si no tienes dinero en las cartillas como por tener trabajo no te dan el la visa para entrar a Ecuador y que se necesita eso sí no no puedes ir...

Cuanto dinero necesito en la cuenta para poder estar allí por tres meses con la visa ya que en ese tiempo me casare con mi pareja y solicitare la visa por ser su esposa me pueden informar??

marquesdevelez

Maria_malaga escribió:

E estado leyendo que si no tienes dinero en las cartillas como por tener trabajo no te dan el la visa para entrar a Ecuador y que se necesita eso sí no no puedes ir...

Cuanto dinero necesito en la cuenta para poder estar allí por tres meses con la visa ya que en ese tiempo me casare con mi pareja y solicitare la visa por ser su esposa me pueden informar??


Hola:

Usted, si es española, puede ir a Ecuador sólo con su pasaporte en vigor, siempre que tenga una validez de, al menos, 6 meses. Se le concederán 90 días de permanencia en calidad de turista, como sucede con todos los extranjeros que ingresan en el país sólo con su pasaporte. Aquí no se requiere probar disponibilidad de recursos económicos.

La necesidad de probar disponibilidad del equivalente a una remuneración básica unificada del trabajador general por cada mes de permamencia en el país (actualmente, 354 dólares),  sólo es necesaria cuando va a solicitar una visa de NO INMIGRANTE categoría 12-IX o 12-X (o los venezolanos que pidan la 12-XI del Convenio Ecuador - Venezuela). Puede probarse mediante cerificación bancaria o mediante el estado de cuenta de la tarjeta de crédito, en el que se indique el límite de crédito concedido.

Cuando se solicita la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de AMPARO FAMILIAR, a la que tendría derecho por ser cónyuge de ecuatoriano, NO SE NECESITA PROBAR RECURSOS ECONÓMICOS, porque es una visa cuyo fundamento es el derecho a la vida privada y familiar y la protección de la unidad familiar.

Un cordial saludo.

Maria_malaga

marquesdevelez escribió:
Maria_malaga escribió:

E estado leyendo que si no tienes dinero en las cartillas como por tener trabajo no te dan el la visa para entrar a Ecuador y que se necesita eso sí no no puedes ir...

Cuanto dinero necesito en la cuenta para poder estar allí por tres meses con la visa ya que en ese tiempo me casare con mi pareja y solicitare la visa por ser su esposa me pueden informar??


Hola:

Usted, si es española, puede ir a Ecuador sólo con su pasaporte en vigor, siempre que tenga una validez de, al menos, 6 meses. Se le concederán 90 días de permanencia en calidad de turista, como sucede con todos los extranjeros que ingresan en el país sólo con su pasaporte. Aquí no se requiere probar disponibilidad de recursos económicos.

La necesidad de probar disponibilidad del equivalente a una remuneración básica unificada del trabajador general por cada mes de permamencia en el país (actualmente, 354 dólares),  sólo es necesaria cuando va a solicitar una visa de NO INMIGRANTE categoría 12-IX o 12-X (o los venezolanos que pidan la 12-XI del Convenio Ecuador - Venezuela). Puede probarse mediante cerificación bancaria o mediante el estado de cuenta de la tarjeta de crédito, en el que se indique el límite de crédito concedido.

Cuando se solicita la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de AMPARO FAMILIAR, a la que tendría derecho por ser cónyuge de ecuatoriano, NO SE NECESITA PROBAR RECURSOS ECONÓMICOS, porque es una visa cuyo fundamento es el derecho a la vida privada y familiar y la protección de la unidad familiar.

Un cordial saludo.


Muchas gracias por ser siempre tan amable respondiendo mis dudas es gracias a usted que estoy teniendo cada día menos miedo de casarme por que antes pensaba que era imposible y ahora con sus aclaraciones de mis dudas siento que es muy posible que todo salga bien muchísimas gracias...

Una última cosa más debo de llevar toda la documentación de acá de España allí para la boda doy por hecho que como nos queremos casar en los tres meses antes de que me vaya para no volver a España, no puedo olvidar nada de lo que necesite de acá donde e de preguntar que es lo que se necesita exactamente...
Actualmente no se necesita de la visa para casarme?  Y si fuese así ya se cual e de solicitar por lo que tendría que tener trabajo o solo esa cantidad en la cartilla del banco?
Muchas gracias de nuevo es usted muy buena persona ayudando nos en estos

marquesdevelez

Maria_malaga escribió:
marquesdevelez escribió:
Maria_malaga escribió:

E estado leyendo que si no tienes dinero en las cartillas como por tener trabajo no te dan el la visa para entrar a Ecuador y que se necesita eso sí no no puedes ir...

Cuanto dinero necesito en la cuenta para poder estar allí por tres meses con la visa ya que en ese tiempo me casare con mi pareja y solicitare la visa por ser su esposa me pueden informar??


Hola:

Usted, si es española, puede ir a Ecuador sólo con su pasaporte en vigor, siempre que tenga una validez de, al menos, 6 meses. Se le concederán 90 días de permanencia en calidad de turista, como sucede con todos los extranjeros que ingresan en el país sólo con su pasaporte. Aquí no se requiere probar disponibilidad de recursos económicos.

La necesidad de probar disponibilidad del equivalente a una remuneración básica unificada del trabajador general por cada mes de permamencia en el país (actualmente, 354 dólares),  sólo es necesaria cuando va a solicitar una visa de NO INMIGRANTE categoría 12-IX o 12-X (o los venezolanos que pidan la 12-XI del Convenio Ecuador - Venezuela). Puede probarse mediante cerificación bancaria o mediante el estado de cuenta de la tarjeta de crédito, en el que se indique el límite de crédito concedido.

Cuando se solicita la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de AMPARO FAMILIAR, a la que tendría derecho por ser cónyuge de ecuatoriano, NO SE NECESITA PROBAR RECURSOS ECONÓMICOS, porque es una visa cuyo fundamento es el derecho a la vida privada y familiar y la protección de la unidad familiar.

Un cordial saludo.


Muchas gracias por ser siempre tan amable respondiendo mis dudas es gracias a usted que estoy teniendo cada día menos miedo de casarme por que antes pensaba que era imposible y ahora con sus aclaraciones de mis dudas siento que es muy posible que todo salga bien muchísimas gracias...

Una última cosa más debo de llevar toda la documentación de acá de España allí para la boda doy por hecho que como nos queremos casar en los tres meses antes de que me vaya para no volver a España, no puedo olvidar nada de lo que necesite de acá donde e de preguntar que es lo que se necesita exactamente...
Actualmente no se necesita de la visa para casarme?  Y si fuese así ya se cual e de solicitar por lo que tendría que tener trabajo o solo esa cantidad en la cartilla del banco?
Muchas gracias de nuevo es usted muy buena persona ayudando nos en estos


Hola:

En el siguiente enlace, tiene información sobre los documentos necesarios para casarse en Ecuador:

http://www.registrocivil.gob.ec/?p=1663

Si quiere pedir la visa 12-IX, debe probar que tiene en su cuenta bancaria 354 dólares multiplicado por 6 (porque esa visa se concede por 180 días). El valor de la visa es 230 dólares

Un cordial saludo.

Maria_malaga

marquesdevelez escribió:
Maria_malaga escribió:
marquesdevelez escribió:


Hola:

Usted, si es española, puede ir a Ecuador sólo con su pasaporte en vigor, siempre que tenga una validez de, al menos, 6 meses. Se le concederán 90 días de permanencia en calidad de turista, como sucede con todos los extranjeros que ingresan en el país sólo con su pasaporte. Aquí no se requiere probar disponibilidad de recursos económicos.

La necesidad de probar disponibilidad del equivalente a una remuneración básica unificada del trabajador general por cada mes de permamencia en el país (actualmente, 354 dólares),  sólo es necesaria cuando va a solicitar una visa de NO INMIGRANTE categoría 12-IX o 12-X (o los venezolanos que pidan la 12-XI del Convenio Ecuador - Venezuela). Puede probarse mediante cerificación bancaria o mediante el estado de cuenta de la tarjeta de crédito, en el que se indique el límite de crédito concedido.

Cuando se solicita la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de AMPARO FAMILIAR, a la que tendría derecho por ser cónyuge de ecuatoriano, NO SE NECESITA PROBAR RECURSOS ECONÓMICOS, porque es una visa cuyo fundamento es el derecho a la vida privada y familiar y la protección de la unidad familiar.

Un cordial saludo.


Muchas gracias por ser siempre tan amable respondiendo mis dudas es gracias a usted que estoy teniendo cada día menos miedo de casarme por que antes pensaba que era imposible y ahora con sus aclaraciones de mis dudas siento que es muy posible que todo salga bien muchísimas gracias...

Una última cosa más debo de llevar toda la documentación de acá de España allí para la boda doy por hecho que como nos queremos casar en los tres meses antes de que me vaya para no volver a España, no puedo olvidar nada de lo que necesite de acá donde e de preguntar que es lo que se necesita exactamente...
Actualmente no se necesita de la visa para casarme?  Y si fuese así ya se cual e de solicitar por lo que tendría que tener trabajo o solo esa cantidad en la cartilla del banco?
Muchas gracias de nuevo es usted muy buena persona ayudando nos en estos


Hola:

En el siguiente enlace, tiene información sobre los documentos necesarios para casarse en Ecuador:

http://www.registrocivil.gob.ec/?p=1663

Si quiere pedir la visa 12-IX, debe probar que tiene en su cuenta bancaria 354 dólares multiplicado por 6 (porque esa visa se concede por 180 días). El valor de la visa es 230 dólares

Un cordial saludo.


Es necesaria la 12-IX para casarse o sin visa podría hacerlo?  Los trámites de papeles para casarnos tardan mucho?  ya que si queremos hacerlo ante de tres meses que tengo como turista entre estos papeles lo más lioso de tiempo puede ser solicitar el curador y la curadoria para mi hijo de la cual yo tengo la custodia? 

Siento ser molestia pero no se a quien más podría preguntar le, el curador puede ser el familiar de mi pareja o el juez pondría algún impedimento? 
Y si solicito la.visa con ese dinero soñó tendría que tenerlo en el momento de entregar los papeles para la.solicitud luego podría sacarlos de la cuenta sin más?

Gracias nuevamente

marquesdevelez

Maria_malaga escribió:
marquesdevelez escribió:
Maria_malaga escribió:


Muchas gracias por ser siempre tan amable respondiendo mis dudas es gracias a usted que estoy teniendo cada día menos miedo de casarme por que antes pensaba que era imposible y ahora con sus aclaraciones de mis dudas siento que es muy posible que todo salga bien muchísimas gracias...

Una última cosa más debo de llevar toda la documentación de acá de España allí para la boda doy por hecho que como nos queremos casar en los tres meses antes de que me vaya para no volver a España, no puedo olvidar nada de lo que necesite de acá donde e de preguntar que es lo que se necesita exactamente...
Actualmente no se necesita de la visa para casarme?  Y si fuese así ya se cual e de solicitar por lo que tendría que tener trabajo o solo esa cantidad en la cartilla del banco?
Muchas gracias de nuevo es usted muy buena persona ayudando nos en estos


Hola:

En el siguiente enlace, tiene información sobre los documentos necesarios para casarse en Ecuador:

http://www.registrocivil.gob.ec/?p=1663

Si quiere pedir la visa 12-IX, debe probar que tiene en su cuenta bancaria 354 dólares multiplicado por 6 (porque esa visa se concede por 180 días). El valor de la visa es 230 dólares

Un cordial saludo.


Es necesaria la 12-IX para casarse o sin visa podría hacerlo?  Los trámites de papeles para casarnos tardan mucho?  ya que si queremos hacerlo ante de tres meses que tengo como turista entre estos papeles lo más lioso de tiempo puede ser solicitar el curador y la curadoria para mi hijo de la cual yo tengo la custodia? 

Siento ser molestia pero no se a quien más podría preguntar le, el curador puede ser el familiar de mi pareja o el juez pondría algún impedimento? 
Y si solicito la.visa con ese dinero soñó tendría que tenerlo en el momento de entregar los papeles para la.solicitud luego podría sacarlos de la cuenta sin más?

Gracias nuevamente


Hola:

Actualmente no se exige la visa para casarse, pero si quiere solicitarla, puede hacerlo. El dinero debe tenerlo al momento de solicitar la visa. Si solicita la visa 12-IX, recuerde que al llegar a Ecuador deberá inscrbirla en el Registro de Extranjeros, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y solicitar su inscripción en el Empadronamiento de Migración (4 dólares), también en el mismo Ministerio. Tiene 30 días de plazo para hacerlo, contados desde su entrada en Ecuador.

El nombramiento de curador especial para su hijo menor de edad y la declaración de que no existen bienes del menor bajo su administración, puede hacerse en un mes, si se mueve desde que llega. Necesitará patrocinio de abogado, es un procedimiento judicial de jurisdicción voluntaria. Puede ser curador especial cualquier persona mayor de edad y plenamente capaz conforme a Derecho. Siempre se prefiere a parientes del menor, pero si no los hay, puede ser una persona sugerida por los progenitores.

Una vez listo el nombramiento de curador, la resolución judicial con razón de estar ejecutoriada por el ministerio de la Ley,  se debe protocolizar en cualquier notaría y será el testimonio de la protocolización lo que se llevará al Registro Civil.

Deben llevar los documentos completos al Registro Civil antes de la fecha prevista, pues aunque no hay expediente previo como en España, se requiere los documentos preceptivos con antelación, para que el día de la ceremonia ya se tenga lista el acta de matrimonio que se hará firmar a los contrayentes y a los testigos y con mayor razón si hay un contrayente extranjero, pues se debe calificar la forma y autenticidad de la  documentación extranjera presentada.

Un cordial saludo.

Maria_malaga

Curador será alguien de la.familia de mi pareja con la que me voy a casar pues en Ecuador no tengo familia, puede negar el juez esto?  Y otra cosa yo no tengo relación con el padre del niño yo tengo la custodia de el solo las visitas necesito autorización del padre para solicitar el curador especial?  De ser así sería imposible pues no tenemos buena relación...

El dinero se lo podría pedir a un familiar para solicitar la visa y después sacarlo así no abría problema....

Antes de solicitar el curador se debe solicitar la fecha de boda?  Para ello necesito estar yo presente? Teniendo lo del curador lo demás es muy sencillo... Debo de alegar algún papel para ver que no tengo bienes para el menor o eso es trabajo del juzgado?  Y por último que precio tiene un abogado para estos casos en Ecuador aproximadamente? 

Gracias de nuevo

Maria_malaga

marquesdevelez escribió:
Maria_malaga escribió:
marquesdevelez escribió:

Hola:

En el siguiente enlace, tiene información sobre los documentos necesarios para casarse en Ecuador:

http://www.registrocivil.gob.ec/?p=1663

Si quiere pedir la visa 12-IX, debe probar que tiene en su cuenta bancaria 354 dólares multiplicado por 6 (porque esa visa se concede por 180 días). El valor de la visa es 230 dólares

Un cordial saludo.


Es necesaria la 12-IX para casarse o sin visa podría hacerlo?  Los trámites de papeles para casarnos tardan mucho?  ya que si queremos hacerlo ante de tres meses que tengo como turista entre estos papeles lo más lioso de tiempo puede ser solicitar el curador y la curadoria para mi hijo de la cual yo tengo la custodia? 

Siento ser molestia pero no se a quien más podría preguntar le, el curador puede ser el familiar de mi pareja o el juez pondría algún impedimento? 
Y si solicito la.visa con ese dinero soñó tendría que tenerlo en el momento de entregar los papeles para la.solicitud luego podría sacarlos de la cuenta sin más?

Gracias nuevamente


Hola:

Actualmente no se exige la visa para casarse, pero si quiere solicitarla, puede hacerlo. El dinero debe tenerlo al momento de solicitar la visa. Si solicita la visa 12-IX, recuerde que al llegar a Ecuador deberá inscrbirla en el Registro de Extranjeros, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y solicitar su inscripción en el Empadronamiento de Migración (4 dólares), también en el mismo Ministerio. Tiene 30 días de plazo para hacerlo, contados desde su entrada en Ecuador.

El nombramiento de curador especial para su hijo menor de edad y la declaración de que no existen bienes del menor bajo su administración, puede hacerse en un mes, si se mueve desde que llega. Necesitará patrocinio de abogado, es un procedimiento judicial de jurisdicción voluntaria. Puede ser curador especial cualquier persona mayor de edad y plenamente capaz conforme a Derecho. Siempre se prefiere a parientes del menor, pero si no los hay, puede ser una persona sugerida por los progenitores.

Una vez listo el nombramiento de curador, la resolución judicial con razón de estar ejecutoriada por el ministerio de la Ley,  se debe protocolizar en cualquier notaría y será el testimonio de la protocolización lo que se llevará al Registro Civil.

Deben llevar los documentos completos al Registro Civil antes de la fecha prevista, pues aunque no hay expediente previo como en España, se requiere los documentos preceptivos con antelación, para que el día de la ceremonia ya se tenga lista el acta de matrimonio que se hará firmar a los contrayentes y a los testigos y con mayor razón si hay un contrayente extranjero, pues se debe calificar la forma y autenticidad de la  documentación extranjera presentada.

Un cordial saludo.


En ese caso podría ser cualquier amigo de mi pareja o familiar que este de acuerdo en ello lo del curador ya que allí no tengo familiares?  Podría el juez oponerse a ello? La curadoria se solicita allí en el juzgado de Ecuador
Al decir usted progenitores me gustaría preguntarte le yo no tengo buena relación con el padre del niño por lo que el esta en España también necesito que el de permiso para lo del curador por que si fuera así el se negaría yo tengo la custodia de mi hijo el solo las visitas y manutención.. Tengo que llevar algún papel de mi hijo para esto? El menor no viaja conmigo

Segundo lo del dinero se lo puedo pedir a mi familia para pedir la visa mientras que después solo tendría que sacarlo e enviárselo y ya está se puede hacer así no? 
La fecha de la boda se a de pedir antes de tener los papeles para ir solicitando mientras todos los papeles? 
Y por último que precio tiene más o menos un abogado para este tipo de gestiones allí en Ecuador?  Que papel toma el abogado en toda esta gestión? 

Papeles de acá sobre sentencia de el niño de mantencion e de llevar Osea la del padre o solo la custodia y yo solo vivía con el padre del niño nunca nos inscribirnos como pareja de hecho pero si convivimos eso afecta en algo? 


Muchas gracias por resolver mis dudas siento tener tantas deveras.

Maria_malaga

Maria_malaga escribió:
marquesdevelez escribió:
Maria_malaga escribió:


Es necesaria la 12-IX para casarse o sin visa podría hacerlo?  Los trámites de papeles para casarnos tardan mucho?  ya que si queremos hacerlo ante de tres meses que tengo como turista entre estos papeles lo más lioso de tiempo puede ser solicitar el curador y la curadoria para mi hijo de la cual yo tengo la custodia? 

Siento ser molestia pero no se a quien más podría preguntar le, el curador puede ser el familiar de mi pareja o el juez pondría algún impedimento? 
Y si solicito la.visa con ese dinero soñó tendría que tenerlo en el momento de entregar los papeles para la.solicitud luego podría sacarlos de la cuenta sin más?

Gracias nuevamente


Hola:

Actualmente no se exige la visa para casarse, pero si quiere solicitarla, puede hacerlo. El dinero debe tenerlo al momento de solicitar la visa. Si solicita la visa 12-IX, recuerde que al llegar a Ecuador deberá inscrbirla en el Registro de Extranjeros, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y solicitar su inscripción en el Empadronamiento de Migración (4 dólares), también en el mismo Ministerio. Tiene 30 días de plazo para hacerlo, contados desde su entrada en Ecuador.

El nombramiento de curador especial para su hijo menor de edad y la declaración de que no existen bienes del menor bajo su administración, puede hacerse en un mes, si se mueve desde que llega. Necesitará patrocinio de abogado, es un procedimiento judicial de jurisdicción voluntaria. Puede ser curador especial cualquier persona mayor de edad y plenamente capaz conforme a Derecho. Siempre se prefiere a parientes del menor, pero si no los hay, puede ser una persona sugerida por los progenitores.

Una vez listo el nombramiento de curador, la resolución judicial con razón de estar ejecutoriada por el ministerio de la Ley,  se debe protocolizar en cualquier notaría y será el testimonio de la protocolización lo que se llevará al Registro Civil.

Deben llevar los documentos completos al Registro Civil antes de la fecha prevista, pues aunque no hay expediente previo como en España, se requiere los documentos preceptivos con antelación, para que el día de la ceremonia ya se tenga lista el acta de matrimonio que se hará firmar a los contrayentes y a los testigos y con mayor razón si hay un contrayente extranjero, pues se debe calificar la forma y autenticidad de la  documentación extranjera presentada.

Un cordial saludo.


En ese caso podría ser cualquier amigo de mi pareja o familiar que este de acuerdo en ello lo del curador ya que allí no tengo familiares?  Podría el juez oponerse a ello? La curadoria se solicita allí en el juzgado de Ecuador
Al decir usted progenitores me gustaría preguntarte le yo no tengo buena relación con el padre del niño por lo que el esta en España también necesito que el de permiso para lo del curador por que si fuera así el se negaría yo tengo la custodia de mi hijo el solo las visitas y manutención.. Tengo que llevar algún papel de mi hijo para esto? El menor no viaja conmigo

Segundo lo del dinero se lo puedo pedir a mi familia para pedir la visa mientras que después solo tendría que sacarlo e enviárselo y ya está se puede hacer así no? 
La fecha de la boda se a de pedir antes de tener los papeles para ir solicitando mientras todos los papeles? 
Y por último que precio tiene más o menos un abogado para este tipo de gestiones allí en Ecuador?  Que papel toma el abogado en toda esta gestión? 

Papeles de acá sobre sentencia de el niño de mantencion e de llevar Osea la del padre o solo la custodia y yo solo vivía con el padre del niño nunca nos inscribirnos como pareja de hecho pero si convivimos eso afecta en algo? 


Muchas gracias por resolver mis dudas siento tener tantas deveras.


También e leído que es difícil que me acepten la visa por reagrupacion familiar es eso cierto?  Nos casamos para estar juntos

Sgorecka

Buenos dias,

Actualmente el registro civil en Quito requiere una visa de 12-x o 12-ix de un extranjero quien quiere casarse en ecuador.
Fuimos a preguntar el 4 de septiembre.

Unos meses casaron con T3 pero ya no.

De Quayaquil o de Cuenca no sabemos.

Cordial saludo

marquesdevelez

Sgorecka escribió:

Buenos dias,

Actualmente el registro civil en Quito requiere una visa de 12-x o 12-ix de un extranjero quien quiere casarse en ecuador.
Fuimos a preguntar el 4 de septiembre.

Unos meses casaron con T3 pero ya no.

De Quayaquil o de Cuenca no sabemos.

Cordial saludo


Hola:

Muchas gracias por el aporte actualizado de primera mano.

Un cordial saludo.

marquesdevelez

Maria_malaga escribió:
Maria_malaga escribió:
marquesdevelez escribió:


Hola:

Actualmente no se exige la visa para casarse, pero si quiere solicitarla, puede hacerlo. El dinero debe tenerlo al momento de solicitar la visa. Si solicita la visa 12-IX, recuerde que al llegar a Ecuador deberá inscrbirla en el Registro de Extranjeros, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y solicitar su inscripción en el Empadronamiento de Migración (4 dólares), también en el mismo Ministerio. Tiene 30 días de plazo para hacerlo, contados desde su entrada en Ecuador.

El nombramiento de curador especial para su hijo menor de edad y la declaración de que no existen bienes del menor bajo su administración, puede hacerse en un mes, si se mueve desde que llega. Necesitará patrocinio de abogado, es un procedimiento judicial de jurisdicción voluntaria. Puede ser curador especial cualquier persona mayor de edad y plenamente capaz conforme a Derecho. Siempre se prefiere a parientes del menor, pero si no los hay, puede ser una persona sugerida por los progenitores.

Una vez listo el nombramiento de curador, la resolución judicial con razón de estar ejecutoriada por el ministerio de la Ley,  se debe protocolizar en cualquier notaría y será el testimonio de la protocolización lo que se llevará al Registro Civil.

Deben llevar los documentos completos al Registro Civil antes de la fecha prevista, pues aunque no hay expediente previo como en España, se requiere los documentos preceptivos con antelación, para que el día de la ceremonia ya se tenga lista el acta de matrimonio que se hará firmar a los contrayentes y a los testigos y con mayor razón si hay un contrayente extranjero, pues se debe calificar la forma y autenticidad de la  documentación extranjera presentada.

Un cordial saludo.


En ese caso podría ser cualquier amigo de mi pareja o familiar que este de acuerdo en ello lo del curador ya que allí no tengo familiares?  Podría el juez oponerse a ello? La curadoria se solicita allí en el juzgado de Ecuador
Al decir usted progenitores me gustaría preguntarte le yo no tengo buena relación con el padre del niño por lo que el esta en España también necesito que el de permiso para lo del curador por que si fuera así el se negaría yo tengo la custodia de mi hijo el solo las visitas y manutención.. Tengo que llevar algún papel de mi hijo para esto? El menor no viaja conmigo

Segundo lo del dinero se lo puedo pedir a mi familia para pedir la visa mientras que después solo tendría que sacarlo e enviárselo y ya está se puede hacer así no? 
La fecha de la boda se a de pedir antes de tener los papeles para ir solicitando mientras todos los papeles? 
Y por último que precio tiene más o menos un abogado para este tipo de gestiones allí en Ecuador?  Que papel toma el abogado en toda esta gestión? 

Papeles de acá sobre sentencia de el niño de mantencion e de llevar Osea la del padre o solo la custodia y yo solo vivía con el padre del niño nunca nos inscribirnos como pareja de hecho pero si convivimos eso afecta en algo? 


Muchas gracias por resolver mis dudas siento tener tantas deveras.


También e leído que es difícil que me acepten la visa por reagrupacion familiar es eso cierto?  Nos casamos para estar juntos


Hola:

Si se quiere quedar a vivir en Ecuador por estar casada con una persona de nacionalidad ecuatoriana, le corresponderá la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de AMPARO FAMILIAR. Basta con estar casado con persona de nacionalidad ecuatoriana en Ecuador (o reconocido en Ecuador si el matrimonio se celebró en el exterior) y que no figuren en el certificado de antecedentes penales condenas por delitos tipificados en el Código Orgánico Penal Integral de Ecuador.

Si lo que quiere es que su cónyuge ecuatoriano vaya a vivir con usted en España, primeramente deberá solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio en el Registro Civil del Consulado de España acreditado en la demarcación donde se hubiera casado (Quito o Guayaquil) y luego solicitar para su cónyuge un VISADO DE ENTRADA EN EL ESPACIO DE SCHENGEN (conocido coloquialmente como "reagrupación familiar en régimen comunitario"), para ingresar en el espacio de Schengen y una vez en España, tendrá que solicitar la TARJETA DE RESIDENCIA COMO FAMILIAR EXTRACOMUNITARIO DE CIUDADANO DE LA UNIÓN en la correspondiente Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia.

NOTA.- El reconocimiento del matrimonio en el Consulado de España puede tardar algunos meses.

Un cordial saludo.

Artículos para ayudarte en tu proyecto de expatriación en Ecuador

Todos los artículos de la guía de Ecuador