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rubyangelica

Buenas noches, mi nombre es rubymar,  vivo en venezuela, soy abogada, graduada en la universidad gran mariscal de ayacucho y me gustaría irme a vivir a ecuador pero quisiera saber si pueden validar mi titulo alla? en caso contrario que tengo que hacer?

marquesdevelez

rubyangelica escribió:

Buenas noches, mi nombre es rubymar,  vivo en venezuela, soy abogada, graduada en la universidad gran mariscal de ayacucho y me gustaría irme a vivir a ecuador pero quisiera saber si pueden validar mi titulo alla? en caso contrario que tengo que hacer?


Hola:

En general, para el reconocimiento de cualquier título de nivel superior extranjero, rige lo previsto en la Ley Orgánica de Educación Superior, su Reglamento de desarrollo y el Reglamento específico expedido por la SENESCYT. Los títulos extranjeros de reconocen siguiendo los procedimientos en él establecidos, sobre los que se ha discurrido en este foro.

Ahora bien: el reconocimiento de un título extranjero, cuando se trate de un título que podría dar acceso al ejercicio de una profesión reglada, esto es, una profesión regulada por leyes especiales, que establezcan requisitos específicos para su acceso y ejercicio, no es suficiente, sino que han de cumplirse con los requisitos que establezca la normativa sectorial.

Con respecto a la abogacía, ya está por demás declarado que el simple reconocimiento del título por la SENESCYT de un título extranjero no basta para acceder al ejercicio profesional en Ecuador. El Consejo de la Judicatura de Ecuador, que es el órgano competente en materia de acceso al ejercicio profesional de la abogacía exige que se cumplan los requisitos establecidos en el Código Orgánico de la Función Judicial, que son tener título de abogado obtenido en Ecuador o si ha sido obtenido en el extranjero, debidamente homologado (y la homologación en la práctica exige someterse a exámenes o matricularse en cualquier universidad de Ecuador para cursar las asignaturas que serían necesarias para obtener el título de abogado en Ecuador) y haber obtenido el certificado de aptitud profesional, que es requisito indispensable para inscribirse en el Registro del Foro de Abogados.  A quienes hubieran obtenido el título en el extranjero, la Ley les exige expresamente y de manera inexcusable realizar un período de prácticas similar al exigido a los graduados en Ecuador. Estos trámites demandan tiempo e inversión económica, que no todo el mundo está en condiciones de realizar, pues mucha gente necesita trabajar de inmediato o en corto plazo.

Lo anterior, desde luego, es si se pretende ejercer profesionalmente como abogado en Ecuador. Si sólo quiere hacer reconocer el título para obtener la visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, de profesional liberal, es suficiente con el reconocimiento de la SENESCYT, lo cual sin embargo, no es bastante para acceder al ejercicio profesional de la abogacía en estricto rigor. Hay abogados extranjeros que logran colocarse en despachos profesionales como colaboradores, pero no pueden firmar escritos, ni minutas de contratos que han de ser elevados a escrituras públicas, ni comparecer en audiencias en juzgados y tribunales, porque no tienen registro para poder firmar ni comparecer ante juzgados y tribunales de Ecuador, pero es la forma que han encontrado de ganarse el sustento. Otros entran a trabajar en empresas, bancos o instituciones públicas, pero con cargos diferentes a los de abogado, ya que al no tener el registro no pueden firmar como ha quedado indicado.

Un cordial saludo.

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