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Dayana madrid

Me quiero casar solamente tengo copia de mi partida de nacimiento cédula y pasaporte ya que en Venezuela no es tan dando fecha para apostillar como hago

marquesdevelez

Dayana madrid escribió:

Me quiero casar solamente tengo copia de mi partida de nacimiento cédula y pasaporte ya que en Venezuela no es tan dando fecha para apostillar como hago


Hola:

Le falta el certificado de estado civil de su país, donde se indique que su estado civil es el de soltera.

Respecto de los documentos expedidos en su país: frente al ordenamiento jurídico de Ecuador son documentos extranjeros y como tales están sujetos a las exigencias requeridas por la legislación vigente en Ecuador para que puedan producir efectoos, fundamentalmente la legalización según corresponda : Apostilla de La Haya para documentos procedentes de países signatarios de la Convención de La Haya de 5 de octubre de 1961 y vía diplomática ordinaria para países que no sean signatarios de la mencionada Convención.

Mientras no se celebre algún convenio internacional con su país para suprimir toda legalización de documentos expedidos en él, inclusive la Apostilla de La Haya ( lo cual tendría que comportar necesariamente alguna forma de verificación informática o verificación por parte del consulado de su país acreditado en Ecuador, porque sin verificación de autenticidad podría dar lugar a fraudes) o que teniendo en cuenta las circunstancias de su país se adopten medidas administrativas internas en Ecuador por las cuales de acuerde aceptar documentos de su país sin legalizar para todo tipo de trámites, especialmente de visas ( algo poco probable y nada deseable - sería una enorme irresponsabilidad si alguna autoridad lo hiciera- porque comportaría aceptar que documentos extranjeros, sin ninguna garantía de autenticidad, pudieran eventualmente producir algún efecto jurídico en el ordenamiento jurídico de Ecuador).

En Ecuador se aceptan también documentos que expidan los consulados extranjeros acreditados en Ecuador, porque en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana se tienen registradas las firmas de todos los agentes consulares extranjeros acreditados en Ecuador. Pero no todos los consulados extranjeros expiden a sus nacionales toda clase de documentos, pues para ello deben tener atribuida competencia de acuerdo con la legislación de su país y si no la tiene, nada podrá hacer, porque únicamente pueden expedir los documentos que la legislación de su país le permite expedir.

Debe tenerse en cuenta que un documento extranjero sin la Apostilla de La Haya o sin la legalización diplomática en los casos de países no signatarios de la Convención de La Haya de 5 de octubre de 1961, es un DOCUMENTO INÚTIL, que no puede producir efecto alguno en Ecuador.

Las cuestiones organizativas internas que pueda tener otro Estado para expedir documentos a sus nacionales no constituye excusa o motivo legítimo como para eximir a los nacionales de ese Estado de presentar los documentos preceptivos con las debidas legalizaciones ante la Administración Pública del Estado receptor y por tanto, deben seguir el procedimiento ordinariamente establecido. Distinto sería si se tratase de un país en guerra internacional, conflicto bélico internacional, guerra civil o grave catástrofe natural, circunstancias que sí pueden ser tenidas en cuenta para adoptar medidas extraordinarias como la supresión unilateral de la exigencia de legalización.

Un cordial saludo.

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