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Descendientes de españoles, nueva ley para recuperar la nacionalidad

Plaza de toros en Espa?a
Photo by Daniel Bask from Pexels
Escrito porJavier Olivas Alguacilel 25 Febrero 2021

El nuevo marco legal se encuentra en el senado para su aprovación, enmendará la anterior y ampliará los casos en los que descendientes de españoles pueden optar a la recuperación de la nacionalidad. Es la que se ha denominado la Ley de Nietos de Españoles. 

España es el principal destino de expatriación para latinoamericanos después de Estados Unidos. Las afinidades lingüísticas, históricas y culturales están detrás de esta tendencia. Para muchos latinoamericanos resulta mucho más fácil adaptarse a la vida en España (o en cualquier otro país de latinoamérica) por el simple hecho de poder hablar el idioma del país. 

Si bien la nueva ley llegó al Congreso de los Diputados en 2018, los trámites y enmiendas se han prolongado durante dos años y el nuevo texto por fin ha llegado al senado, donde está pendiente de aprobación. El texto de la nueva ley en proceso de aprobación se puede consultar en el Boletín Oficial del Estado.

Básicamente la ley establece que no solo los hijos de españoles, sino también los nietos podrán optar a recuperar su nacionalidad española. La ley también establece una distinción según si el linaje es a través de una mujer o un hombre. Veamos los detalles. 

¿Cuáles son los supuestos que contempla la nueva normativa? 

En el primer caso se especifica que podrán acceder a la nacionalidad española los nietos del emigrante español varón que mantuvo su nacionalidad hasta el nacimiento de sus descendientes y los nietos de aquellas mujeres españolas emigrantes con independencia de si la emigrante española mantuvo, perdió o recuperó su nacionalidad antes del nacimiento de sus descendientes. También se concederá la nacionalidad por esta vía a aquellos nietos de quien adquirió la nacionalidad del país de acogida por razones económicas.

En el segundo caso se contempla la concesión de la nacionalidad por la vía de opción a los hijos mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción.

¿Qué documentos serán necesarios para realizar los trámites? 

La condición de descendientes de españoles tendrá que demostrarse con los siguientes documentos listados: 

1. Para los hijos de españoles emigrados:

a) Certificación literal de nacimiento del interesado.

b) Certificación literal de nacimiento del padre o de la madre expedida por un registro civil español.

Si hubieran nacido antes de 1870, podrán aportar una certificación española de bautismo.

2. Para los nietos de abuelos españoles emigrados:

a) Certificación literal de nacimiento del interesado.

b) Certificación literal de nacimiento del padre o de la madre.

c) Certificación literal de nacimiento del abuelo o de la abuela del solicitante. Si hubieran nacido antes de 1870 podrán aportar una certificación española de bautismo.

3. Para los hijos mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida la nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción:

a) Certificación literal de nacimiento del interesado.

b) Certificación literal de nacimiento del padre o madre del solicitante en el cual conste que su padre o madre han optado por la nacionalidad española de origen o certificación literal de nacimiento del interesado en el que conste que es hijo de español y que el inscrito no ostenta la nacionalidad española.

La nueva norma llamada Ley de Nietos establece la creación de una plataforma electrónica para la gestión, tramitación y resolución de los expedientes de nacionalidad española.

1. El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación establecerá una plataforma electrónica común a todos los registros civiles consulares para la obtención de la cita por parte del interesado.

2. El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, en coordinación con el Ministerio de Justicia, determinará la plataforma electrónica más conveniente y eficaz para la transferencia telemática de las solicitudes aceptadas desde los registros civiles consulares a la Dirección General de los Registros y del Notariado

Formalidades
España
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Lingüista y especialista en el tratamiento de la información, Javier es responsable de comunicación y contenidos para la comunidad hispanohablante en Expat.com

Comentarios

  • Ale Macri
    Ale Macrihace 4 años(Modificado)
    Hola. Mi nombre es Alejandra. Soy argentina. Mi esposo tiene la doble ciudadania Arg-Española. Pensamos mudarnos a España en unos meses. A pesar de ser nieta de españoles, no pude realizar mi tramite de ciudadania por caducidad de los plazos. Mi consulta es: Debe registrar nuestro matrimonio? Como se realiza ese tramite? Cuanto tiempo debo residir en España para obtener la ciudadania como esposa de ciudadano español? Muchas gracias
  • emilioferrer
    emilioferrerhace 4 años(Modificado)
    Hola mi nombre es Emilio, soy venezolano mi abuelo era español pero ya falleció hace tiempo y mi madre no se crió con el cómo se puede hacer en este caso para hacer ver que es cierto para tramitar dicha nacionalidad.
  • Mabel y Mario
    Mabel y Mariohace 4 años(Modificado)
    Hola mi nombre es Mabel soy Argentina nieta de españoles, hicimos mi esposo y yo la cuidadania española y uno de mis dos hijos ya q el otro era mayor de 18 años, el tema es que a mi hija se la otorgaron pero nadie nos informó que debía ella hacer un trámite para mantenerla a los 21 años, ahora es como que nunca se la hubieran otorgado? La perdió? Muchas gracias..!
  • Dany garcia
    Dany garciahace 4 años(Modificado)
    Hola soy venezolano pero vivo en lima mi abuelo era español podría yo tramitar desde acá mi nacionalidad?
  • jbobeda
    jbobedahace 4 años(Modificado)
    Buenas tardes mi nombre es don Juan Carlos bobeda una pregunta a dónde tengo que preguntar para la ayuda de retorno a España gracias
  • jbobeda
    jbobedahace 4 años(Modificado)
    Buenas tardes una pregunta tengo una hija de 27 años se fue para Malta a trabajar por la situación en vzla puede solicitar la nacionalidad española por parte mía o la de sus abuelos que debe de hacer gracias
  • ariel123
    ariel123hace 4 años(Modificado)
    Hola. Esta ley de nietos ya está vigente???
  • fireman13
    fireman13hace 4 años(Modificado)
    buenas tardes, se puede ya tramitar ya en el registro consular de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, soy Español de origen y obtuve ciudadanía por la ley 52/07 seria para mi hijo mayor de edad. Gracias.
  • grupohaggerty
    grupohaggertyhace 4 años(Modificado)
    Hola. Cuándo salió esta normativa?. Está plenamente vigente?. Yo soy ciudadano español por mi madre ya fallecida nacida en Bilbao España, pero mis hijos hoy día de 32 y 31 años de edad no pudieron acceder a la ciudadanía por ser mayores de edad al momento de querer iniciar el trámite. Podrían por favor aseverarme esto?. Sé que hay tratativas por una presunta Ley de Nietos pero en ningún sitio salió como que ya estuviese aprobada. Gracias.
  • Perlitairina
    Perlitairinahace 4 años(Modificado)
    Salam aleikum yo soy nieta de españoles ellos escaparon de la guerra de Franco eran de Pontevedra ......Yo soy Posada Rodriguez solo cuento con una partida de casamiento de mis padres donde están los nombres de lo cual seguro debe haber un registro en esa provincia no se algun dia cruzare inshallah gracias por la informacion.