Menu
Expat.com

SOBRE EL ESTATUTO MIGRATORIO ENTRE ECUADOR Y VENEZUELA

Último actividad 12 Julio 2017 por sandrajh

Nueva conversación

eglee

hola, aun no la he sacado porque aun falta para la fecha del viaje, pero he ido hacer la consulta  y me comento el cónsul que es rápido, llego a las 8 de la mañana y a las 9 ya la tengo, solo  hay que llevar los requisitos completos.
Saludos,

ivonnearm

Muchísimas gracias por responder y sobre todo con tan buena noticia. Es que voy a viajar con mi esposo quien es Mexicano con residencia venezolana en Enero para Quito. Es de tipo exploratorio el viaje; honestamente yo pensaba emigrar en 4 años que es el tiempo que necesito para obtener el beneficio laboral de pensión parcial; pero la situación del país está tan difícil que mi esposo me dijo que está dispuesto a irse el primero y si logra una estabilidad económica; pues me iría yo el año que viene con los niños sin esperar esos 4 años que le comenté; apenas la niña termine el bachillerato en Julio. Nuevamente muchas gracias.

eglee

exitos, nosotros nos vamos en junio si dios quiere y la virgen, felicidades

Leopoldo Sanchez

Buenas tardes

El día de hoy me entregaron la visa del convenio Ecuador Venezuela. Tengo una duda y me gustaria saber si alguien tiene informaciòn al respecto.
1. Para que es el certificado de empadronamiento?
2. Cuales son los requisitos para sacar el RUC?

Gracias si alguno me puede dar la información

eglee

Hola, leopoldo, tu estas en caracas o en quito tengo entendido que ese tipo de visa la asignan en Ecuador, si te la dieron en caracas, cuáles son los requisitos y el monto,
En cuanto al documento de empadronamiento, es un censo migratorio que te la piden al abrir una cuenta bancaria, el ruc, es como el rif aca, metete en la pagina alli deben están los requisitos, saludos

ivonnearm

Buen día, felicitaciones. Disculpa la molestia. Una miembro del foro me informó que el cónsul le comentó que esta visa al llevar los requisitos la entregaban prácticamente en 1 día. Fue tu caso? Realmente es tan rápido?. Gracias de antemano.

marquesdevelez
Leopoldo Sanchez escribió:

Buenas tardes

El día de hoy me entregaron la visa del convenio Ecuador Venezuela. Tengo una duda y me gustaria saber si alguien tiene informaciòn al respecto.
1. Para que es el certificado de empadronamiento?
2. Cuales son los requisitos para sacar el RUC?

Gracias si alguno me puede dar la información


Hola:

1.- Si se la han otorgado dentro de Ecuador, al otorgársela ya la inscribieron en el Registro de Extranjeros.

2.- Sin embargo, deberá inscribirse también en el Empadronamiento de Migración, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Genera una tasa de 4 dólares.

3.- Para obtener RUC, puede consultar la página web del Servicio de Rentas Internas: www.sri.gob.ec, pues dependerá de la actividad a realizar.

Un cordial saludo.

mantoldo

Buenas tardes ivonnearm. Si efectivamente la entregan aquí en Vzla pero al parecer no en Caracas. Anda al consulado que queda en Valencia en el centro comercial Reda que ahí con total seguridad te la otrogan previo cumplimiento de los requisitos que son:
Bajar el formulario NO inmigrante 12-IX pagina WEB del ministerio de relaciones exteriores Ecuador, foto tamaño pasaporte en fondo blanco, copia de la pagina de datos a color del pasaporte, carta con explicación de motivos, constancia de medios economicos (estados de cuenta 3 ultimos meses), y pagar algo como 1.500,00 bolívares. Consigue el numero del consulado para cualquier otra pregunta.

Espero haberte servido.
Saludos.

mantoldo

Buen día doctor Velez. Queria por favor su orientación ya que llego a Ecuador DIOS mediante este próximo 23 de enero 2015 y mi objetivo es residenciarme de forma permanente.
Me otorgaron la visa 12-IX aquí en Vzla y estoy bastante claro que con esta No se puede trabajar por cuenta ajena sino en las áreas que muchas veces usted a descrito aquí en el foro. Sabemos q es una visa que permite estar hasta 180 días en suelo ecuatoriano. Es una visa para actos de comercio (entre otras) también descritos por usted. Pero en lo que no estoy claro es en algunos aspectos que a pesar de revisar el foro de arriba a abajo no lo he visto:

Dudas:
1. Se puede trabajar por cuenta propia a través de una empresa?, o sea, uno al tener esta visa y llegar a Ecuador (con los antecedentes bajo el brazo legalizado y apostillado) y luego de registrarse (visa) en el ministerio de Exteriores, empadronarse y recibir los certificados correspondientes, puede uno constituir una empresa y autoemplearse para prestar servicios comerciales y empresariales a terceros?. Si esto es posible doctor, que caracteristicas debe tener esa empresa recién creada o si es preferible comprar una ya constituida con varios años?. Debe tener esta empresa un capital social mínimo?. Que cargo debe uno tener en la empresa?.
2. Al autoemplearse se puede optar por alguna visa permanente (9)?. Llevar todo el registro de la empresa con las caracteristicas quizas especiales al ministerio correspondiente y pedir una visa 9-VII, o una visa 9-III o una visa de No inmigrante y de empleo temporal 12-VII
3. Doctor la visa 9-VII esta operativa o definitivamente ya no esta operativa?, porque he leido en algunas partes que si pero en otras que no. Queria su opinión para tener en cuenta esa opción o definitivamente olvidarla.
4. Con esta visa 12-IX puedo obtener el RUC de manera personal o debe ser a través de la empresa y prestar servicios a terceros por el lapso de hasta 180 días?

Muchas gracias.
Saludos.

ivonnearm

Que amable por responder. Muchísimas gracias por la información.

clrxxx

Sr marques una pregunta que no veo contestada en el blog. Cuanto tiempo debo esperar con la visas 12xi no imigrante para pedir la visa 9vII imigrante. Cuanto debo esperar para cambia de estatus? Gracias de antemano.

yulydubraska

Hola buenos dias me podrias decir el formato de esa carta explicativa por favor? y a quien va destinada?, quiero hacer eso antes de irme. Muchas gracias por tu colaboracion

yulydubraska

Hola buenos dias me podrias decir el formato de esa carta explicativa por favor? y a quien va destinada?, quiero hacer eso antes de irme. Muchas gracias por tu colaboracion

marquesdevelez
clrxxx escribió:

Sr marques una pregunta que no veo contestada en el blog. Cuanto tiempo debo esperar con la visas 12xi no imigrante para pedir la visa 9vII imigrante. Cuanto debo esperar para cambia de estatus? Gracias de antemano.


Hola:

Hola:

Si se refiere a la petición de la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VII, prevista en el art. 9.VII de la Ley de Extranjería y a la que se remite el Convenio sobre Estatuto Migratorio Permanente entre Ecuador y Venezuela, el procedimiento es el siguiente:

1.- Es necesario que el interesado haya sido, previamente, titular de una visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-XI, prevista en el art. 12-XI de la Ley de Extranjería y a la que se remite el Convenio sobre Estatuto Migratorio Permanente entre Ecuador y Venezuela. Esta visa 12-XI se concede por un año, renovable por otro (art. 7 del Convenio). En total, dos años.

2.- Cuando sea titular de la visa de NO INMIGRANTE 12 -XI renovada y esté próxima a caducar, puede solicitarse la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VII (art. 8 del Convenio).

3.- Lo anterior, que es la previsión del Convenio, debe entendérselo sin perjuicio de que pueda solicitar, EN CUALQUIER MOMENTO, la MODIFICACIÓN a CUALQUIER OTRO TIPO DE VISA de las previstas en la Ley de Extranjería (art. 14 del Convenio).


Por ello, debe tenerse en cuenta que, quienes hayan solicitado la visa 12-XI, acogiéndose al Convenio, deben esperar a que transcurra el tiempo de la visa renovada, para que sea posible la solicitud de la visa de INMIGRANTE 9-VII.  Ello, no obstante, como ha quedado indicado, del derecho que les asiste, si cumplen con los requisitos pertinentes y les resulta más beneficioso, de solicitar la modificación a cualquier otro tipo de visa. El régimen del Convenio no es imperativo, sino dispositivo: no se impone necesariamente a los nacionales de un Estado en el territorio del otro, sino que constituye un régimen específico para facilitar el establecimiento de los nacionales de un Estado en el territorio del otro, dejando en todo momento a salvo la posibilidad de acogerse a las disposiciones de Derecho interno que pudieran resultar más beneficiosas.

Se deja en claro, con todo, que el Convenio NO CREA un tipo específico de visas, sino que se limita a REMITIRSE AL DERECHO INTERNO DE AMBOS ESTADOS, señalando unos tipos específicos de visa, previstos en su Derecho interno, a los que se pueden acoger los nacionales de un Estado en el territorio del otro. Por ello, al remitirse en su totalidad al Derecho interno de cada país, la regulación de las visas son las que prevea el ordenamiento jurídico interno. Debe tenerse en cuenta que, en todo momento, el Convenio se está remitiendo al ordenamiento jurídico interno y a las exigencias que pudieran preverse en él, pero también a las limitaciones que pudieran existir.

Un cordial saludo.

lkma1967

Hola, podrias explicarme como hicistes o los pasos a seguir para sacar la visa a ecuador, mil gracias

marquesdevelez
mantoldo escribió:

Buen día doctor Velez. Queria por favor su orientación ya que llego a Ecuador DIOS mediante este próximo 23 de enero 2015 y mi objetivo es residenciarme de forma permanente.
Me otorgaron la visa 12-IX aquí en Vzla y estoy bastante claro que con esta No se puede trabajar por cuenta ajena sino en las áreas que muchas veces usted a descrito aquí en el foro. Sabemos q es una visa que permite estar hasta 180 días en suelo ecuatoriano. Es una visa para actos de comercio (entre otras) también descritos por usted. Pero en lo que no estoy claro es en algunos aspectos que a pesar de revisar el foro de arriba a abajo no lo he visto:

Dudas:
1. Se puede trabajar por cuenta propia a través de una empresa?, o sea, uno al tener esta visa y llegar a Ecuador (con los antecedentes bajo el brazo legalizado y apostillado) y luego de registrarse (visa) en el ministerio de Exteriores, empadronarse y recibir los certificados correspondientes, puede uno constituir una empresa y autoemplearse para prestar servicios comerciales y empresariales a terceros?. Si esto es posible doctor, que caracteristicas debe tener esa empresa recién creada o si es preferible comprar una ya constituida con varios años?. Debe tener esta empresa un capital social mínimo?. Que cargo debe uno tener en la empresa?.
2. Al autoemplearse se puede optar por alguna visa permanente (9)?. Llevar todo el registro de la empresa con las caracteristicas quizas especiales al ministerio correspondiente y pedir una visa 9-VII, o una visa 9-III o una visa de No inmigrante y de empleo temporal 12-VII
3. Doctor la visa 9-VII esta operativa o definitivamente ya no esta operativa?, porque he leido en algunas partes que si pero en otras que no. Queria su opinión para tener en cuenta esa opción o definitivamente olvidarla.
4. Con esta visa 12-IX puedo obtener el RUC de manera personal o debe ser a través de la empresa y prestar servicios a terceros por el lapso de hasta 180 días?

Muchas gracias.
Saludos.


Hola:

1.- La constitución de una sociedad es posible. Ahora hay un procedimiento electrónico para la constitución, que es más rápido que el tradicional, que no obstante, sigue vigente.

Todo lo relativo a sociedades mercantiles es acto de comercio.

2.- El capital mínimo para constituir una sociedad anónima es de 800 dólares y para una sociedad de responsabilidad limitada 400 dólares.

Existen, con todo, ciertos tipos de sociedad que, por su objeto social, tienen impuesto un capital mínimo superior a los antes indicados.

3.- Sin embargo, quien quiera obtener una visa de INMIGRANTE a partir de una inversión en una sociedad, tiene requerimientos distintos:

A) Quien invierta en una sociedad anónima o en comandita por acciones: la inversión mínima es de 25 mil dólares, que se incrementan en 500 dólares por cada familiar a cargo. Permite solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-II.

B) Quien invierta como comerciante individual o en una sociedad distinta de la de sociedad por acciones: la inversión mínima es de 30 mil dólares. Permite solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-III.

Las visas indicadas, 9-II y 9-III, son visas concebidas para INVERSIONISTAS y por eso, exigen esas cantidades mínimas, que vienen fijadas en el Reglamento de la Ley de Extranjería.

4.- Existe un tipo de visa concebido para APODERADOS GENERALES de sociedades. Es la de INMIGRANTE, categoría 9-IV. Pero, para poderla solicitar, la sociedad debe tener un capital social mínimo de 25 mil dólares o activos por 100 mil dólares. El poder debe ser amplio y general, con representación legal judicial y extrajudicial, otorgado por escritura pública, por tiempo indefinido y debe contar inscrito en el Registro Mercantil del cantón donde la sociedad tenga su domicilio; en la escritura debe incorporarse copia certificada del acta de la Junta General que hubiera acordado la concesión del poder amplio y general.

Dado el capital mínimo o los activos que se exigen, se debe tratar de sociedades que, realmente, tengan actividad empresarial.

5.- La visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-VI, es para diversas actividades. Puede servir para representantes legales de sociedades mercantiles, siempre que la sociedad tenga un capital social mínimo de 12500 dólares. El problema es que es una visa temporal y limitada a la actividad para la que fue concedida, pero puede servir para que quien la necesite y cumpla los requisitos, mantenga la legalidad de su permanencia en el país.

6.- La visa de INMIGRANTE, categoría 9-VII, existe y está vigente. Pero no tiene desarrollo reglamentario y no está operativa ordinariamente. Sin embargo, se expide a los nacionales de Venezuela, en virtud del Acuerdo sobre Estatuto Migratorio Permanente entre Ecuador y Venezuela, siempre que la persona de nacionalidad venezolana hubiera sido, previamente, titular de una visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-XI (que se concede por un año, renovable por otro). Fue utilizada, en su momento, para regularizar a personas extranjeras que se encontraban residiendo en Ecuador en situación irregular.

NOTA ACLARATORIA.- Tanto la visa de INMIGRANTE 9-VII, como la de NO INMIGRANTE 12-XI, fueron introducidas en el año 2000, mediante un Decreto-Ley ónmibus (conocido en su momento como "Trole 2"), que reformó varias leyes, con la finalidad de viabilizar la recientemente adoptada dolarización y estimular las actividades productivas privadas, a fin de procurar la mejora de la situación económica gravísima que existía en aquellos años. Y una de las leyes reformadas fue la de Extranjería, mediante la introducción de dos nuevas categorías migratorias, con la finalidad de facilitar las entradas a extranjeros que por sus actividades profesionales o empresariales debían realizar frecuentes desplazamientos al Ecuador (12-XI) o a extranjeros que, sin encuadrar en ninguna de las otras categorías previstas para las visas de INMIGRANTE, su presencia en el país fuera considerada conveniente o necesaria para el interés público (9-VII). Pero nunca fueron reglamentadas y por eso, nunca estuvieron operativas efectivamente, pues ante la falta de reglamentación, no se disponía de los criterios para su aplicación (requisitos, documentos a presentar, plazos, etc., que son los detalles que se suelen precisar reglamentariamente). Sin embargo, como ha quedado indicado, fueron usadas como vía de regularización en su momento y actualmente son empleadas para la aplicación del Convenio con Venezuela.


7.- Con la visa 12-IX sí puede obtener RUC. Pero, primeramente, deberá obtener MATRÍCULA DE COMERCIO, que se deberá inscribir en el Registro Mercantil del cantón donde vaya a tener asiento su negocio. Sólo con RUC podrá mandar a imprimir facturas, para que pueda entregar a sus clientes.

Un cordial saludo.

mantoldo

Doctor Velez. Quedo altamente agradecido por la información y por su gentileza. Saludos.

yelypd

buenas noches esta solicitud de visa 12 ix, cuanto tiempo te dieron respuesta de aprobación de la misma??? La hiciste para grupo familiar o ud. sola??
gracias

luusalomon

Hola! Saludos a todos.
Mi novio y yo estamos buscando emigrar a Ecuador, el año pasado visitamos Quito y nos pareció un ciudad muy agradable para vivir.
He leído casi todos los mensajes del foro y quería exponer mi caso para ratificar cuáles serían los mejores pasos para nosotros y nuestra regularización en Ecuador.
Tenemos 23 y 24 años, nos acabamos de graduar de Comunicación Social en la UCV y la Universidad Santa María. Tenemos planeado irnos ya con nuestros títulos legalizados y apostillados.
Leí que la mejor opción sería entrar a Ecuador y solicitar la Visa 12-XI para venezolanos y luego de validar el título pues pedir la modificación a la visa de inmigrante profesional (9-V).
En este sentido tengo varias dudas:
- Se puede rentar un departamento con la visa 12-XI? Para vivir en la ciudad mientras se validan los títulos.
- Cuánto tiempo más o menos toma la validación del título? Leí en algunos sitios que los títulos de algunas universidades se validan automáticamente, mientras que a otros se les solicita realizar una reválida o algo similar. Es cierto?
- Es posible trabajar con la visa 12-XI? Su tramitación puede realizarse desde aquí? En caso de tener que tramitarse en Ecuador directamente, cuánto tiempo toma su resolución (sea que la aprueben o no)?
- Hay algunas áreas de trabajo reservadas a ecuatorianos? En el campo de la comunicación se puede trabajar siendo extranjero (sea en Periodismo, o en comunicaciones institucionales/corporativas).
- La solicitud de modificación a visa profesional 9-V se puede realizar aún si no se tiene ya un trabajo estable en el campo de trabajo de nuestra profesión?

Muchas gracias por la atención!

raguanipa

Hola LuuSalomon.
Te responderé tus preguntas, fijate ultimamente circula la información de que ya no es requisito la Visa de no inmigrante para tramitar el registro del titulo, es decir tan solo con la visa de turismo estampada en el pasaporte pueden realizar el tramite ante la Senescyt para el registro del titulo. Esto demora aproximadamente 45 dias habiles, pero veo que uno de los dos proviene de la UCV que está reconocida para registro automático por lo que supongo que no demorará casi nada.
Podrás rentar apartamento tan solo con tu pasaporte, eso dependerá de lo que te solicite el dueño del lugar.
Posterior al registro del titulo, la visa profesional demorará un mes aproximadamente.
Creo que la legislación se reserva los empleos públicos para los Ecuatorianos, desconozco si en su caso haya una consideración especial pero la verdad no lo creo, por lo menos en el área de la Ingenieria Civil si hay un código que dicta unos porcentajes de ingenieros nacionales y extranjeros que deben ocupar el mercado laboral.
La visa profesional no está amarrada a tener o no trabajo, es mediante esta visa que legalmente podrias acceder a trabajar.
Mucha suerte y exito!!!

luusalomon

Muchas gracias por tu respuesta!
Cuál es la visa de turismo que tendríamos que tener en el pasaporte entonces para la validación del título? Y si igual pidiéramos la visa de no inmigrante mientras se validan los títulos podríamos trabajar?

veronna

Estimado Dr Velez, esperando se encuentre bien,

Respecto al Estatuto Migratorio entre Ecuador y Venezuela, tengo aun algunas dudas, las cuales, espero Ud. me pueda despejar por favor.

1.- Si la Visa que se otorga en virtud a este Estatuto es la 12-XI., ¿porque no aparece en la pagina de la Embajada Ecuatoriana? Sigue en Pleno Vigor?

2.- ¿Puedo constituir una Compañia Anónima con esta Visa?.

3.- ¿ Que vigencia tiene esta Visa 12-XI?

4. Para solicitar dicha Visa, ¿el pasaporte debe tener mas de 6 meses de vigencia, o no te exigen este tiempo?

Muchas Gracias!!

marquesdevelez
veronna escribió:

Estimado Dr Velez, esperando se encuentre bien,

Respecto al Estatuto Migratorio entre Ecuador y Venezuela, tengo aun algunas dudas, las cuales, espero Ud. me pueda despejar por favor.

1.- Si la Visa que se otorga en virtud a este Estatuto es la 12-XI., ¿porque no aparece en la pagina de la Embajada Ecuatoriana? Sigue en Pleno Vigor?

2.- ¿Puedo constituir una Compañia Anónima con esta Visa?.

3.- ¿ Que vigencia tiene esta Visa 12-XI?

4. Para solicitar dicha Visa, ¿el pasaporte debe tener mas de 6 meses de vigencia, o no te exigen este tiempo?

Muchas Gracias!!


Hola:

1.- El Acuerdo sobre Estatuto Migratorio entre Ecuador y Venezuela está en pleno vigor. La visa de NO INMIGRANTE 12-XI, a la que se remite el mencionado Estatuto, está también regulada en la Ley de Extranjería. Lo que no existe es un desarrollo reglamentario en el Reglamento a la Ley de Extranjería.

2.- Si no hay información en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, es un fallo de los responsables de difusión de la página web. En todo caso, lo que siempre debe quedar en claro es que los datos que constan en la página web son simplemente informativos. La fuente en base a la cual siempre se tramitará cualquier procedimiento de solicitud de visas para extranjeros y a partir de la cual también se resolverá,siempre será la normativa reguladora: la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo y cuando exista, el respectivo Convenio internacional, que será al que primeramente se acudirá. Por ello, es posible, de acuerdo con la propia normativa, requerir documentación adicional si se lo estima oportuno, necesario y pertinente, ya que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana goza de amplias facultades en este sentido.

En todo caso, la concesión o denegación de una visa es  DISCRECIONAL.


3.- Sí, puede constituir una compañía con esa visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-XI.

4.- La vigencia de la visa 12-XI para los venezolanos es de un año, renovable por otro año, en total, dos años. Antes de que caduque la renovación, se podrá solicitar visa de INMIGRANTE, categoría 9-VII. Ello, sin perjuicio de que si se llegase a encontrar en mejor situación jurídica, pueda modificar a otro tipo de visa. Es decir, no está obligado a mantenerse todo el tiempo con la 12-XI esperando a poder solicitar la 9-VII, sino que en el ínterin bien puede modificar a otro tipo de visa de las establecidas en la Ley de Extranjería que resulte más conveniente.

9.- SIEMPRE para solicitar CUALQUIER TIPO DE VISA, se debe CONTAR CON PASAPORTE VÁLIDO Y EN VIGOR y la vigencia del pasaporte debe ser de, AL MENOS, 180 días. Por eso, es recomendable que quienes vayan a Ecuador con la intención de quedarse, renueven sus pasaportes si es que tienen una vigencia inferior a la indicada.

En todo caso, si luego el pasaporte caduca, tendrá que hacer otro trámite que se llama TRANSFERENCIA DE VISA, que si se lo quiere evitar, lo mejor es tener un pasaporte con una vigencia lo suficientemente amplia para no tener que hacerlo.

10.- La visa de NO INMIGRANTE 12-XI puede solicitarse en los Consulados de Ecuador o ya dentro de Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.


NOTA IMPORTANTE.- Se advierte especialmente que los titulares de visas de NO INMIGRANTE, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Extranjería, NO TIENEN DERECHO A QUE SE LES EXPIDA CÉDULA DE IDENTIDAD ECUATORIANA COMO EXTRANJEROS: en su caso, basta el pasaporte con la visa estampada y el certificado de inscripción en el Empadronamiento de Migración para justificar la legalidad de su permanencia en el país.


Un cordial saludo.

veronna

AmiGo Disculpe,

Veo que fue Ud a solicitar la Visa 12 XI del Estatuto Migratorio Ecuador Venezuela, Que requisitos piden? Exigen el Pasaporte con una vigencia de mas d 6 meses.. (La mia vence en noviembre 2015, es decir, que si para efectos de Visas tengo hasta mayo para gestionar).

Muchas Gracias!!

mantoldo

Buenas tardes Dr. Marques. Me da gusto saludarlo. Tengo una duda y me gustaria me ayudara a aclarar. De antemano gracias. Llegue con una visa 12-IX. Al introducir los recaudos para homologar mi titulo debo mantenerme en Ecuador hasta que salga la resolución o puedo salir del país y hacerle seguimiento al proceso via internet hasta que este a punto de salir y unos 15 días antes retornar?. Gracias.

veronna

Gracias por su valiosa respuesta! Sr. Velez ¡!

Danielavzla

Saludos.. me gustaria por favor una orientacion sobre el proceso que lleva emigrar a Ecuador dese venezuela..!! estaria 100% agradecida.

leonrott

En el foro hay suficiente información sobre esa pregunta tan general que usted esta haciendo, tómese su tiempo y lea un poco las preguntas y respuestas de todos los que participan, hay información para que dure unos dos días leyendo y encuentre esa respuesta. Primero que todo puede consultar la pagina de inmigración de Ecuador es un buen comienzo, saludos!

JustPaoPele

Buen dia Señores con respecto a la Visa 12 XI, tengo una duda, somos una familia mi esposo 2 hijos y yo, queremos solicitar la visa, para ya luego quedarnos en ecuador, tengo entendido algunos requisitos como los estados de cuenta y la disponibilidad en las TDC. mi pregunta concreta es solicitamos la visa los 2 adultos? o la puede solicitar mi esposo y ampararnos a nosotros 3 con la visa de el? Gracias de antemano

mariah85

Hola, buen día, gracias por la información, está muy buena. ante cualquier duda le consultaré.

NSANCHEZ

Hola amigo, muchas gracias por la informacion aportada, quisiera saber cuanto tiempo se tardaron en el consulado para expedirte la visa.
Saludos.

Ynifer

Hola!  Cómo están? . Una pregunta.  Quien ha sacado la visa estatuto ecuador Venezuela 12XI en el consulado de ccs recientemente y cómo ha sido el tramite? Es cierto comienza a correr cuando llegas a ecuador?  Gracias por su respuesta!

Franciscogong

Buenos Día Sr, Marques,

Antes que nada muchas gracias por su atención y receptividad con todas las personas que le consultan en este portal. Le estaría muy agradecido igualmente si pudiese ayudarme con unas dudas, trataré de ser breve. Soy Venezolano, y tengo 24 años. Mi pareja y yo tenemos el objetivo de emigrar a Ecuador los próximos meses debido a la terrible crisis económica, social, política y de inseguridad que tiene mi país. Soy Ingeniero de Materiales . Quiero iniciar una nueva vida en Guayaquil, Ecuador, ponerle bastante ganas para realizar buenos trabajos. Nuestra prioridad apenas lleguemos es validar el titulo universitario para poder conseguir un trabajo lo antes posible, ya que no disponemos de mucho dinero.

He leido varios de sus post y en base a ellos tengo las siguientes dudas:

1-Tengo entendido que como profesional graduado, tengo la posibilidad de optar ya sea por la Visa enmarcada en el Tratado Ecuador-Venezuela como la visa INMIGRANTE 9 V para Profesional, entre otras. No sé si me equivoco pero por lo que usted afirma en sus posts, considero que usted recomienda más sacar una visa de INMIGRANTE 9 V que aplicar al tratado Ecuador - Venezuela. Mi pregunta es: Cual solicitud de visa usted me recomendaría ? Hay buenas posibilidades que me aprueben una visa de INMIGRANTE?

2- He leído de algunas zonas de Guayaquil para alquiler un apartamento, sin embargo valoraría mucho una recomendación suya, de alguna localidad de Guayaquil que si bien no sea muy cara, sea segura y agradable?.

3- Es mejor llegar a Guayaquil los primeros días a un Hostal ? o es mejor buscar un Hotel de bajo costo mientras se concreta un alquiler ?

Muchas gracias.

marquesdevelez
Franciscogong escribió:

Buenos Día Sr, Marques,

Antes que nada muchas gracias por su atención y receptividad con todas las personas que le consultan en este portal. Le estaría muy agradecido igualmente si pudiese ayudarme con unas dudas, trataré de ser breve. Soy Venezolano, y tengo 24 años. Mi pareja y yo tenemos el objetivo de emigrar a Ecuador los próximos meses debido a la terrible crisis económica, social, política y de inseguridad que tiene mi país. Soy Ingeniero de Materiales . Quiero iniciar una nueva vida en Guayaquil, Ecuador, ponerle bastante ganas para realizar buenos trabajos. Nuestra prioridad apenas lleguemos es validar el titulo universitario para poder conseguir un trabajo lo antes posible, ya que no disponemos de mucho dinero.

He leido varios de sus post y en base a ellos tengo las siguientes dudas:

1-Tengo entendido que como profesional graduado, tengo la posibilidad de optar ya sea por la Visa enmarcada en el Tratado Ecuador-Venezuela como la visa INMIGRANTE 9 V para Profesional, entre otras. No sé si me equivoco pero por lo que usted afirma en sus posts, considero que usted recomienda más sacar una visa de INMIGRANTE 9 V que aplicar al tratado Ecuador - Venezuela. Mi pregunta es: Cual solicitud de visa usted me recomendaría ? Hay buenas posibilidades que me aprueben una visa de INMIGRANTE?

2- He leído de algunas zonas de Guayaquil para alquiler un apartamento, sin embargo valoraría mucho una recomendación suya, de alguna localidad de Guayaquil que si bien no sea muy cara, sea segura y agradable?.

3- Es mejor llegar a Guayaquil los primeros días a un Hostal ? o es mejor buscar un Hotel de bajo costo mientras se concreta un alquiler ?

Muchas gracias.


Hola:

Lo que debe quedar claro de entrada es que el Acuerdo sobre Estatuto Migratorio permanente entre Ecuador y Venezuela, del mismo modo que otros Acuerdos similares que tiene Ecuador con Colombia y Perú y con todos los Estados miembros del MERCOSUR y asociados, no operan de forma imperativa, sino que siempre dejan a los posibles beneficiarios la posibilidad de acogerse a disposiciones normativas internas que pudieran resultar más favorables (en el caso de Ecuador, la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo).

Por tanto, cualquier persona de  nacionalidad venezolana que tenga, al mismo tiempo, un título de nivel superior, puede hallarse en una situación que le permite solicitar una visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, de profesional liberal, mucho más ventajosa que la prevista en el Acuerdo sobre Estatuto Migratorio Permanente entre Ecuador y Venezuela. En parecida situación se encontrará la misma persona si es cónyuge, conviviente de hecho o pariente hasta dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad de alguna persona de nacionalidad ecuatoriana o extranjera titular de visa de INMIGRANTE de categoría distinta a la 9-VI, en cuyo caso, podrán solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de amparo familiar.

Con todo, debe tener en cuenta que la visa de INMIGRANTE, de cualquier categoría, tiene unos límites de permanencia fuera del país: 90 días durante los 2 primeros años; no más de 18 meses consecutivos en cualquier tiempo y no más de 18 meses no consecutivos en cada período de 5 años. Las visas de NO INMIGRANTE, en cambio, no están sujetas a esos límites.

La visa de INMIGRANTE tiene como ventaja que permite trabajar por cuenta ajena o propia en el sector privado, sin necesidad de trámite adicional alguno y sin que por ello se vea alterada la calidad y categoría migratoria en la que se concedió la visa y sin que sea necesario trámite adicional alguno. Es un estatus jurídico que coloca al extranjero en una situación lo más próxima posible al nacional (pero,se recalca,sigue siendo extranjero). Y exclusivamente los titulares de visa de INMIGRANTE tienen derecho y obligación de obtener cédula de identidad ecuatoriana, que es una cédula específica para extranjeros y que no debe ser confundida con la cédula de identidad y ciudadanía, que exclusivamente se expide a ecuatorianos.

En cambio, para trabajar con la visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-XI, prevista en el Acuerdo con Venezuela, es necesario hacer una serie de trámites posteriores en el Ministerio del Trabajo:

- El contrato necesariamente ha de celebrarse por escrito y debe incluir cláusula de exclusividad con el empleador que contrata. Y no puede tener una duración mayor que la de la visa (un año).

- El contrato debe inscribirse en el Registro de Trabajadores Extranjeros, que es accesible en línea: www.trabajo.gob.ec

- Debe solicitarse y obtenerse de la Dirección Nacional de Empleo y Reconversión Laboral la AUTORIZACIÓN LABORAL - CARNÉ OCUPACIONAL, conforme lo establece el art. 560 del Código de Trabajo.

- Con lo anterior, debe procederse a la afiliación y aviso de entrada del trabajador en el IESS (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social), como cualquier trabajador ecuatoriano.

En resumen: con una visa de NO INMIGRANTE 12-XI, el derecho a trabajar por cuenta ajena no es automático, sino que debe ser objeto de reconocimiento por parte del órgano administrativo laboral competente. Para algunos empleadores, puede llegar a resultarles engorroso, es cierto, pero es lo que establece el Código de Trabajo. Se recalca, con todo, que este procedimiento es necesario exclusivamente cuando la relación va a ser de naturaleza LABORAL, sujeta a Derecho del Trabajo.

Se deja en claro, asimismo, para que no haya confusiones, que la concesión de la visa es competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, pero la concesión de la autorización laboral-carné ocupacional, es competencia del Ministerio del Trabajo. Por ello, no debe confundirse y mirarlo todo como una sola cosa, pues son dos carteras ministeriales diferentes, que tienen competencias materiales claramente diferenciadas.

Respecto de la visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, conviene recalcar :

1.- Si tiene título de nivel superior, debe primeramente solicitar que sea reconocido por la SENESCYT e inscrito en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador (SNIESE).

2.- Para solicitar la visa, debe contar con los documentos arriba indicados .

3.- Necesitará el certificado de antecedentes penales del país de nacionalidad.

Se recalca que TODOS los documentos extranjeros deben llevar las legalizaciones del caso, sea Apostilla de La Haya para países signatarios del mencionado Convenio, sea legalización ordinaria en otros casos.

4.- La visa de INMIGRANTE, categoría 9-V se concede a todo extranjero que tenga reconocido el título por la SENESCYT e inscrito en el SNIESE y que, al mismo tiempo, no tenga antecedentes penales en su país por delitos tipificados y reprimidos con pena privativa de libertad en Ecuador. En todo caso, la concesión de visas a extranjeros es DISCRECIONAL.

En Guayaquil depende del tipo de vida que quiera darse y hasta cuánto esté dispuesto a pagar. Hay zonas muy caras, donde vive la gente de alto poder adquisitivo, donde los alquileres alcanzan precios similares a los que se puede encontrar en las principales ciudades europeas o estadounidenses. Entre esas, me menciono: toda la zona de la vía a Samborondón, situada frente a Guayaquil, pero que pertenece administrativamente al cantón Samborondón, es la actualmente el sector residencial más caro de la ciudad. Hay, básicamente, urbanizaciones cerradas, amuralladas, con garita de control de acceso y vigilancia privada todo el tiempo, suelen tener club privado o área social. Básicamente, es una pequeña península, que tiene hacia el Este el río Babahoyo, hacia el Oeste el río Daule y hacia el Sur el nacimiento del río Guayas (justo en la península, llamada La Puntilla, se produce la unión de los dos ríos, Daule y Babahoyo, que dan nacimiento al Guayas); también comprende una isla de unas 350 hectáreas llamada Mocolí, que está sobre el río Babahoyo, unida a la península indicada mediante un puente: esa isla alberga urbanizaciones exclusivas, para bolsillos altamente pudientes y un club de golf para los residentes en la islas. Todavía está en proceso de desarrollo, aunque hay preocupación entre los moradores, dado que como el Estado tiene terrenos en la isla, que pasaron a su poder al pertenecer a la banca rescatada en la crisis de 1999-2000, ha empezado a correr el rumor de que se hará promociones habitacionales populares (que en todo caso, el Estado, al ser el propietario de los terrenos, está legitimado a hacer), lo cual, de llegar a concretarse, haría bajar la plusvalía de las exclusivas urbanizaciones.

También tiene las siguientes buenas zonas de la ciudad, donde los alquileres son altos y donde vive, por tanto, gente con alto poder adquisitivo: Los Ceibos, Los Olivos, Colinas de Los Ceibos, Santa Cecilia, Puerto Azul, Lomas de Urdesa, algunas zonas de Urdesa, el antiguo barrio del Centenario, Cimas del Bin bam bum y parte de Kennedy Norte.

También en el Malecón Simón Bolívar de Guayaquil, hay edificios que tienen departamentos con excelente vista al río Guayas, pero los alquileres son muy altos. Hay gente que prefiere vivir en el Malecón, básicamente para estar en pleno centro, si tienen ahí sus trabajos. A eso, se debe añadir la nueva zona de Puerto Santa Ana, que tiene edificios de alto nivel para oficinas y viviendas.

Urbanizaciones de clase media: tiene tanto al norte como al sur de la ciudad: La Alborada (varias etapas), La Garzota, Los Samanes, Kennedy (vieja y nueva), La Saiba, Los Almendros, las ciudadelas Nueve de Octubre, Las Acacias, Los Esteros, del Seguro (casas construidas en su día por el IESS, de ahí el nombre), La Pradera, Miraflores, El Paraíso, La Fuente, ciudadela Ferroviaria, ciudadela La Atarazana, ciudadela de la FAE (Fuerza Aérea Ecuatoriana), ciudadela Albatros, el barrio del Astillero y el propio centro de Guayaquil, que dependiendo de la zona, tiene precios más bajos (siempre será más caro mientras más próximo esté al Malecón Simón Bolívar, a la avenida Nueve de Octubre o ya directamente en la misma avenida Nueve de Octubre).

Le he mencionado sólo unas cuantas urbanizaciones y barrios, los primeros que he recordado y que me son familiares. Seguramente estoy olvidando otros, pero bueno, creo que con los mencionados, puede tener suficiente para empezar a buscar.

Mucha gente prefiere vivir en urbanizaciones, básicamente, por ausencia del ruido del centro y porque en las urbanizaciones suele haber áreas verdes y es un poco más seguro para los niños y jóvenes poder jugar en los parques o zonas deportivas comunitarias. El problema es que, si se vive en una urbanización alejada del centro y se trabaja en este último, si no se tiene coche particular, se hace necesario tomar más de un medio de transporte y con la suficiente antelación para poder llegar a tiempo.  Quienes viven en el centro, tienen la ventaja de poder movilizarse a pie y así ahorrar en transporte. No está del todo extendido el uso de la bicicleta para ir al trabajo como en otros países y tampoco es posible hacerlo sin peligro, porque casi no existen ciclovías destinadas a que la gente haga servir la bicicleta como medio de transporte habitual; las pocas ciclovías que existen están en parques o zonas verdes de urbanizaciones y destinadas más a servir para el recreo o la práctica deportiva.

Es conveniente que se quede en un hotel asequible los primeros días, mientras busca alojamiento definitivo. Preferiblemente, quédese por el centro de la ciudad, que está bien comunicado y tiene también sitios para desayunar, comer y cenar a precios asequibles (en Guayaquil se puede comer bien a precios módicos). Por lo demás, como toda gran ciudad, tiene de todo lo que pueda necesitar: farmacias, supermercados (las principales cadenas son MÍ COMISARIATO, SUPERMAXI, TÍA, AKÍ y GRAN AKÍ), mercados, centros comerciales, hospitales, clínicas, bancos, compañías de seguros, casas de cambios, cines, etc. . Las grandes cadenas de comidas rápidas como McDonalds, Burger King, Kentucky Fried Chicken, Pizza Hut, tienen locales en el centro de la ciudad, por si prefiere ese tipo de sitios . También hay restaurantes chinos, llamados "chifas", que ofrecen buena comida, en generosas porciones, a precio económico.

Un cordial saludo.

robertog2912

Buen día. Veo que maneja mucha información sobre este tema, por lo cual quisiera realizarle un par de preguntas:

1. Es cierto que la visa del convenio Venezuela-Ecuador ya no se está aplicando? Esto me lo comentó un amigo que emigró al Ecuador a comienzos de este año.

2. En caso de que ello sea cierto, le comento lo siguiente: mi esposa y yo tenemos planeado emigrar al Ecuador y registrar nuestros títulos universitarios ante el SENECYT, el problema radica en que la apostilla de dichos títulos la obtendremos en el mes de agosto, mientras que ya tenemos boletos aéreos para junio. Entonces, cuál visa nos recomienda usted tramitar, mientras obtenemos los títulos apostillados?
Saludos!

marquesdevelez
robertog2912 escribió:

Buen día. Veo que maneja mucha información sobre este tema, por lo cual quisiera realizarle un par de preguntas:

1. Es cierto que la visa del convenio Venezuela-Ecuador ya no se está aplicando? Esto me lo comentó un amigo que emigró al Ecuador a comienzos de este año.

2. En caso de que ello sea cierto, le comento lo siguiente: mi esposa y yo tenemos planeado emigrar al Ecuador y registrar nuestros títulos universitarios ante el SENECYT, el problema radica en que la apostilla de dichos títulos la obtendremos en el mes de agosto, mientras que ya tenemos boletos aéreos para junio. Entonces, cuál visa nos recomienda usted tramitar, mientras obtenemos los títulos apostillados?
Saludos!


Hola:

1.- Es FALSO. El Acuerdo de residencia sobre Estatuto Migratorio Permanente entre Ecuador y Venezuela está en pleno vigor y como fuente de Derecho Internacional Público que es, obliga  a ambos Estados signatarios a cumplirlo y hacer que se cumpla dentro de su territorio, se trata de obligaciones de Derecho Internacional, que por eso mismo, son mucho más serias, formales y solemnes, al tiempo que, jerárquicamente, dentro del ordenamiento jurídico de Ecuador, un tratado internacional sólo está subordinado a la Constitución de la República, pero está por encima del resto del ordenamiento jurídico, del cual también forma parte, no puede ser desconocido por ningún acto normativo de rango inferior, ni mucho menos, por decisión arbitraria de un funcionario.  En el siguiente enlace, tiene los requisitos para tramitar la visa de NO INMIGRANTE 12-XI, prevista en el Convenio entre Ecuador y Venezuela antes citado:

http://www.cancilleria.gob.ec/visa-12-x … venezuela/

2.- Todos los documentos extranjeros deben tener las legalizaciones correspondientes. Si es documento expedido en Estado signatario del Convenio de La Haya sobre la Apostilla Diplomática, es suficiente con la Apostilla. Pero debe tenerla, no estar a la expectativa a que se la coloquen.

3.- Puede solicitar hasta tanto la visa 12-XI del Acuerdo entre Ecuador y Venezuela, mientras esperan los documentos necesarios para tramitar el reconocimiento de los títulos en la SENESCYT. Cuando ya obtengan el reconocimiento, pueden modificar a visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, de profesional liberal:

http://www.cancilleria.gob.ec/visa-9-v-profesional/

4.- La visa de NO INMIGRANTE 12 - XI, permite trabajar por cuenta ajena o cuenta propia. Ya quedó eso aclarado a principios del presente año (antes existía la incertidumbre sobre si permitía trabajar por cuenta ajena, pues faltaba desarrollo reglamentario en el Reglamento a la Ley de Extranjería para la visa 12-XI y de la lectura del texto legal, podía entenderse que sólo permitía actividades por cuenta propia, pero no por cuenta ajena; en enero del presente año 2015, el Ministerio del Trabajo expidió un nuevo Acuerdo Ministerial, donde regula las autorizaciones de trabajo para extranjeros, en el que sí incluye a los titulares de la visa 12-XI, del Convenio entre Ecuador y Venezuela, con lo cual, quedó la cuestión zanjada). Lo que sucede es que, para trabajar por cuenta ajena, es necesario, tras la obtención de la visa, un trámite adicional en el Ministerio del Trabajo, que consiste en la obtención de la autorización laboral-carné ocupacional.

5.- Todas las visas de INMIGRANTE (como la 9-V), permiten por sí solas trabajar, sin necesidad de trámite o autorización laboral adicional.

Un cordial saludo.

chivischivis

Buenas tardes, soy de Venezuela y me gustaría saber si para que el SENESCYT valide mi titulo universitario extranjero debo estar yo en Ecuador, o se puede tramitar desde el consulado, quiero optar por la visa de inmigrante 9-V y por lo que he leído puedo tramitar esa visa desde el consulado en Venezuela, sin embargo me faltaría la validación de mi titulo por el SENESCYT ¿cierto?

Muchas Gracias de antemano

joaa189

Hola buenas tardes, tengo una duda.

Ya tengo la Visa 12-XI convenio Ecuador -Venezuela, había conseguido trabajo y el abogado de la empresa emitió un comunicado diciendo que no me podían contratar ya que no podía firmar contrato por 1año y obtener mis beneficios.

Una Sra. colombiana me dijo que se necesitaba sacar una cédula falsa o que me asignaran un número en el IESS para que me puedan inscribir y así poder hacer contrato.

¿Qué hay de cierto en ésto? Ya no se a quién creerle sobre el tema de mi contrato con ésta visa. Agradecería mucho su ayuda.

Saludos

Karelisap

Buenas Dr. Marquez, lo que pude entender de su explicacion es que no hay tratamiento especial con la visa 12XI, pero es necesaria para poder registrar titulo en senescyt, o puedo registrar el titulo en senescyt con la T3, sin tener que hacer el gasto de la 12XI?

marquesdevelez
chivischivis escribió:

Buenas tardes, soy de Venezuela y me gustaría saber si para que el SENESCYT valide mi titulo universitario extranjero debo estar yo en Ecuador, o se puede tramitar desde el consulado, quiero optar por la visa de inmigrante 9-V y por lo que he leído puedo tramitar esa visa desde el consulado en Venezuela, sin embargo me faltaría la validación de mi titulo por el SENESCYT ¿cierto?

Muchas Gracias de antemano


Hola:

1.- El reconocimiento no puede tramitarse por medio de los Consulados de Ecuador. Es materia competencia de la SENESCYT.

2.- La visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, tiene como presupuesto necesario la existencia del reconocimiento del título universitario extranjero por la SENESCYT y su inscripción en el SNIESE (Sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador).

3.- Si no tiene reconocido el título por la SENESCYT  e inscrito en el SNIESE, no podrá ni tan siquiera admtirse a trámite la solicitud de esta visa, pues falta el presupuesto fundamental para que sea procedente la tramitación y concesión de la visa.

4.- Las visas de INMIGRANTE deben tramitarse en Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores  Movilidad Humana.

Debe entenderse que los Consulados no pueden hacerlo todo, ni brindar todos los servicios, porque existen trámites o procedimientos previos que son competencia de otros órganos o entes. Los Consulados de carrera dependen del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Ejercen las funciones que les asignan las leyes de Ecuador, siempre en armonía y concordancia con la Convención de Viena sobre relaciones consulares y en todo caso, respetando el ordenamiento jurídico del Estado anfitrión.Ya el sólo hecho de actuar fuera de las fronteras del país al cual representan, es, de entrada, una limitación, al no disponer de toda la infraestructura estatal existente en el propio país para poder cumplir sus funciones, pero además, se enfrentan al hecho de tener que realizar, en el exterior, actos que, dentro del respectivo país, no son ordinariamente de su competencia, como por ejemplo, la llevanza del Registro Civil o el ejercicio de funciones notariales.Si a esto se une el hecho de que, en virtud del principio de unidad de actuación del Estado en el exterior, representan al Estado como una sola entidad, les corresponde a funcionarios que pertenecen a un órgano concreto de la Administración Pública (Ministerio de Relaciones Exteriores), que tiene unas competencias claramente delimitadas, ofrecer y brindar información  y realizar actuaciones respecto de una serie de materias que son competencia de otros órganos o entes públicos, con el riesgo de hacerlo mal o de manera insuficiente, pues son materias que no están bajo su dominio y competencia. Y además, para que los Consulados en el exterior puedan incorporar a su actividad ordinaria nuevas competencias que ordinariamente en el país las ejerce otro órgano o ente público, se hace necesaria, en defecto de atribución expresa de competencias por la Ley, la celebración de un Convenio Interinstitucional de encomienda de gestión, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el órgano o ente que ejerce competencias en la materia que sea objeto del Convenio. En conclusión, los Consulados no lo pueden todo y sus competencias están más bien limitadas.

Un cordial saludo.

Artículos para ayudarte en tu proyecto de expatriación en Ecuador

Todos los artículos de la guía de Ecuador