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Mari Palacios

Cordial saludo,

Soy colombiana, vivo en Ecuador y tengo la visa Profesional (9V) expedida el 16 de julio de 2013 y mi cédula expedida el 29 de julio del mismo año. Desde que tengo mi residencia he salido del país durante 77 días consecutivos (julio 1 a sep. 7 de 2014), necesito volver a salir de diciembre 21/2014 a febrero de 2015, lo que sería aproximadamente 50 días. Yo no deseo naturalizarme, mi interés es mantener mi residencia en el Ecuador, así que mis preguntas son: 1) mantendré mi visa luego de estos meses por fuera del Ecuador?  2)Debo basarme en la fecha de expedición de mi visa o de la cédula? 3) pasados los dos primeros años de residencia puedo entrar y salir del Ecuador el tiempo que yo desee? 4)Después de cuánto tiempo de estar por fuera pierdo la residencia?

Agradezco muchísimo sus respuestas.

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marquesdevelez

Mari Palacios escribió:

Cordial saludo,

Soy colombiana, vivo en Ecuador y tengo la visa Profesional (9V) expedida el 16 de julio de 2013 y mi cédula expedida el 29 de julio del mismo año. Desde que tengo mi residencia he salido del país durante 77 días consecutivos (julio 1 a sep. 7 de 2014), necesito volver a salir de diciembre 21/2014 a febrero de 2015, lo que sería aproximadamente 50 días. Yo no deseo naturalizarme, mi interés es mantener mi residencia en el Ecuador, así que mis preguntas son: 1) mantendré mi visa luego de estos meses por fuera del Ecuador?  2)Debo basarme en la fecha de expedición de mi visa o de la cédula? 3) pasados los dos primeros años de residencia puedo entrar y salir del Ecuador el tiempo que yo desee? 4)Después de cuánto tiempo de estar por fuera pierdo la residencia?

Agradezco muchísimo sus respuestas.


Hola:

1.- Puede permanecer fuera de Ecuador

- Hasta por 90 días durante los DOS primeros años.

- Hasta por 18 meses consecutivos en cualquier tiempo.

2.- La fechamde inicio de efectos de la visa es la de la inscripción en el Registro de Extranjeros, que suele coincidir con la de concesión.

3.- La fecha de expedición de la cédula de identidad ecuatoriana sirve para computar el tiempo de residencia continuada, a efectos de adquisición de la nacionalidad ecuatoriana por naturalización.

4.- La visa de extingue por permanecer en el exterior un tiempo superior al indicado.

Un cordial saludo.

Mari Palacios

Hola Mariela:

Esta es la fuente (http://www.cancilleria.gob.ec/visa-9-v-profesional/) aquí encuentras la siguiente información:

Artículo 36.- Reglamento de la Ley de Extranjería.- Todo inmigrante legalmente inscrito podrá ausentarse y regresar al país, pero no podrá permanecer en el exterior más de noventa días en cada año durante los dos primeros años a partir de la fecha de admisión en calidad de inmigrante o más de dieciocho meses consecutivos en cualquier tiempo, sin perder su calidad y categoría migratorias en cuyo caso se cancelará su documentación.

Njmeventos

Buenas noches quiero que me ayuden aclarar mis dudas soy Jesús Mendoza, ya yo tengo exacto dos años fuera del Ecuador o sea ya perdí mi residencia que es la visa 9  que es la de amparo, me la dieron porque tengo un hijo ecuatoriano y mi esposa y yo somos venezolanos,
Mi pregunta es si ya perdí mi visa, como hago para volver a Ecuador ya que quiero que mi hijo viva en su país ? No puedo entrar como turista y luego recuperar la visa en verdad quiero que me puedan apoyar como hago ? Mi cédula dice que vence en el 2017 en verdad no entiendo por favor

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