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Reconocimiento de Matrimonio- Nacionalida o Visa

Nueva conversación

VictorVelasquezP

Buenas Tardes mi nombre es Victor y quisiera si alguien me pudiera orientar en funcion del mejor camino para iniciar este tramite, el hecho es que estoy casado con una ciudadana ecuatoriana desde hace ya 2 años, estamos en planes de emigrar a ecuador pero tengo la duda de si el reconocimiento de nuestro matrimonio puede hacerse directamente desde el consulado aqui en venezuela y la solicitud de visa y de acuerdo a eso cual es la mas apropiada? (amaparo familiar?) y que necesitaria luego para optar a la nacionalidad.

Agardezco todo sus comentario y atento a sus indicaciones

marquesdevelez

VictorVelasquezP escribió:

Buenas Tardes mi nombre es Victor y quisiera si alguien me pudiera orientar en funcion del mejor camino para iniciar este tramite, el hecho es que estoy casado con una ciudadana ecuatoriana desde hace ya 2 años, estamos en planes de emigrar a ecuador pero tengo la duda de si el reconocimiento de nuestro matrimonio puede hacerse directamente desde el consulado aqui en venezuela y la solicitud de visa y de acuerdo a eso cual es la mas apropiada? (amaparo familiar?) y que necesitaria luego para optar a la nacionalidad.

Agardezco todo sus comentario y atento a sus indicaciones


Hola:

1.- El trámite de reconocimiento e inscripción del matrimonio celebrado por ecuatorianos fuera de Ecuador, EXCLUSIVAMENTE se debe realizar en Ecuador, ante la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, por así disponerlo expresamente la Ley General de Registro Civil, Identificación y Cedulación. Por tanto, no es posible realizar este trámite en el Consulado de Ecuador, dado que carece de competencia para ello.

2.- A los cónyuges de ecuatorianos les corresponde la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de AMPARO FAMILIAR. Para poderla solicitar, es indispensable que, primeramente, el matrimonio haya sido reconocido e inscrito en el Registro Civil de Ecuador y deben hallarse AMBOS DENTRO DE ECUADOR. Por tanto, esta visa también debe solicitarse DENTRO de Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

3.- Para poder adquirir la nacionalidad ecuatoriana por naturalización, en razón de matrimonio con persona de nacionalidad ecuatoriana, es necesario que haya residido en Ecuador, de forma continuada, durante, al menos, TRES AÑOS, contados a partir de la fecha de expedición de la cédula de identidad ecuatoriana para extranjeros. Los cónyuges de ecuatorianos adquieren la nacionalidad por un procedimiento más sencillo, basado en la simple declaración de voluntad de adquirir la nacionalidad, manifestada en el formulario oficial, ante la Oficina de Naturalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. La resolución que se adopte deberá ser inscrita en el Registro Civil, para que se produzca la adquisición de la nacionalidad.

Para todos estos trámites, actualmente, NO ES NECESARIO el patrocinio de abogado. Antes sí que lo era, pero ahora ya no, dado que existen formularios normalizados y son trámites sencillos, que pueden realizar las propias personas interesadas.



Un cordial saludo.

VictorVelasquezP

Agradezco toda la colaboracion y sus respuestas!

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