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Interés en la política en Ecuador

Nueva conversación

Alec

Hola a todos,

Como expatriado, tu día a día en Ecuador se ve afectado por la toma de decisiones a nivel político en tu país anfitrión y en tu país de origen. Nos gustaría saber qué tan involucrados crees que deberían estar los expatriados en el día a día político de su país anfitrión o de origen.

¿Pueden los expatriados votar durante las elecciones que tienen lugar en su país de origen? ¿Puedes hacerlo en línea o por medio de embajadas/consulados en Ecuador?

¿Cuál es el proceso administrativo que se configuró en Ecuador para permitir que los expatriados voten en su país de origen?

¿Hasta qué punto debería la vida política en Ecuador incluir a los expatriados y sus preocupaciones? ¿Deberían ser más activos como comunidad para hacer oír sus voces?

¿Hay alguna medida de precaución a tener en cuenta durante el período electoral en tu país anfitrión? ¿Alguna prohibición local?

¿Te mantienes al día con la política en Ecuador?

Gracias por compartir tu experiencia.

Alec

juliomariabv

Considero que el interés por la política es fundamental en la vida de las personas. Estamos inmersos en sociedades que son parte y están marcadas por las decisiones políticas de los gobiernos de turno y por los movimientos sociales que, explícita o implícitamente, influyen.

Yo tengo un posicionamiento ético y  político muy claro y todos y todas lo tienen, lo expliciten o no. Lo que acontece en nuestro país de origen y en el que nos recibe nos afecta como ciudadanos y creo que, desde nuestros lugares de trabajo y de vida, nos tenemos que involucrar. El "descompromiso" político y social es una postura, a mi entender, individualista e implica la adscripción velada a un modelo político.

Lo que está sucediendo actualmente en Latinoamérica es crucial ya que se están jugando intereses opuestos y, los resultados de esta disputas, nos afectarán a todos y todas y creo que mirar los acontecimientos c"desde afuera" es un falta grave.

marquesdevelez

Alec escribió:

Hola a todos,

Como expatriado, tu día a día en Ecuador se ve afectado por la toma de decisiones a nivel político en tu país anfitrión y en tu país de origen. Nos gustaría saber qué tan involucrados crees que deberían estar los expatriados en el día a día político de su país anfitrión o de origen.

¿Pueden los expatriados votar durante las elecciones que tienen lugar en su país de origen? ¿Puedes hacerlo en línea o por medio de embajadas/consulados en Ecuador?

¿Cuál es el proceso administrativo que se configuró en Ecuador para permitir que los expatriados voten en su país de origen?

¿Hasta qué punto debería la vida política en Ecuador incluir a los expatriados y sus preocupaciones? ¿Deberían ser más activos como comunidad para hacer oír sus voces?

¿Hay alguna medida de precaución a tener en cuenta durante el período electoral en tu país anfitrión? ¿Alguna prohibición local?

¿Te mantienes al día con la política en Ecuador?

Gracias por compartir tu experiencia.

Alec


Hola:

1.- En Ecuador los extranjeros pueden votar en las elecciones de sus países de origen en los consulados y embajadas acreditados en el país. Para hacerlo, deben cumplir con las exigencias normativas del respectivo país. En todo caso, los consulados y embajadas extranjeras deben poner en conocimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana la realización de elecciones en sus respectivos países y la utilización de las oficinas consulares, embajadas u otros locales como recintos electorales.

2.- De acuerdo con la actual Constitución de Ecuador, los extranjeros residentes legales en Ecuador pueden votar, siempre que cumplan con los siguientes requisitos :

- Hayan residido de forma legal y continuada en Ecuador durante, al menos, 5 años.

- Manifiesten su voluntad de sufragar.

- Tengan la cédula de identidad ecuatoriana para extranjeros en vigor.

El derecho al sufragio activo es tanto para elecciones de presidente y vicepresidente de la República, asambleístas ( diputados) a la Asamblea Nacional, diputados al Parlamento Andino ( órgano deliberativo de la Comunidad Andina de Naciones, con sede en Bogotá), alcaldes, concejales municipales y en su caso, miembros de juntas parroquiales ( en parroquias rurales). También pueden participar en consultas populares ( plebiscitos o referéndumes) que sean convocados de acuerdo con la Constitución y las leyes y también en procesos electorales de revocatoria de mandato a dignatarios elegidos popularmente que hayan cometido actuaciones graves que sean susceptibles de ser sancionadas con la revocatoria del mandato.

En cambio, los extranjeros no tienen derecho al sufragio pasivo, esto es, a ser elegidos para cargos públicos, pues para todos ellos es condición necesaria ser de nacionalidad ecuatoriana ( y para ser presidente y vicepresidente de la República, además, ser de nacionalidad ecuatoriana por nacimiento). En todo caso, si adquieren la nacionalidad ecuatoriana por naturalización, sí podrán ser candidatos y eventualmente, ser elegidos, excepto para la Presidencia y Vicepresidencia de la República, pues como ha quedado indicado, tales cargos solo pueden ser ocupados por ecuatorianos por nacimiento.

3.- Con relación a la posibilidad de que los ecuatorianos residentes fuera de Ecuador voten en las elecciones de Ecuador, el asunto se remonta a la Constitución de 1998, que ya estableció el derecho a sufragar para los residentes en el extranjero, aunque únicamente para elecciones de presidente y vicepresidente de la República y en todo caso, otorgándole naturaleza facultativa, no obligatoria como sucede con las personas ecuatorianas que residen en Ecuador. Con todo, esto no se materializó sino hasta el año 2006, cuando por primera vez se llevó a la práctica lo dispuesto por la entonces vigente Constitución de 1998 ( fue necesario aprobar una ley orgánica que regulara y desarrollara el ejercicio del derecho al sufragio por parte de los residentes fuera de Ecuador y que el entonces Tribunal Supremo Electoral aprobara los respectivos reglamentos y pusiera en marcha el proceso).

La actual Constitución, en vigor desde 2008, hace posible sufragar no solo en elecciones de presidente y vicepresidente de la República, sino que además le dio representación en la Asamblea Nacional a los residentes en el exterior, de modo que actualmente se elige 6 asambleístas ( diputados) a la Asamblea Nacional, como representantes de los ecuatorianos residentes fuera de Ecuador, de la siguiente manera :

Dos diputados por residentes en Estados Unidos y Canadá.

Dos diputados por residentes en otros países de América Latina .

Dos diputados por residentes en Europa, África, Asia y Oceanía.

Y también se vota cuando existen consultas populares ( plebiscitarias o referendarias), sobre materias que son de interés público y afectan a todo el Estado.

Es importante recalcar que el voto para ecuatorianos residentes fuera de Ecuador es facultativo y no obligatorio. Eso significa que no existe sanción por no sufragar, como sucede con quienes residen dentro de Ecuador. Ahora bien, para tener la consideración de "ecuatoriano residente en el exterior" a efectos electorales, es necesario inscibirse como tal en el consulado de carrera del Ecuador acreditado en la circunscripción consular en la que se resida, aportando los documentos requeridos (normalmente copia de la cédula de identidad y ciudadanía o del pasaporte y el formulario de solicitud  firmado ) . Dicha solicitud es recibida por el consulado, pero se la remite al Consejo Nacional Electoral, que es el ente público competente en materia electoral, a efectos de que proceda a incluirse a la persona en el Padrón Electoral de residentes en el exterior y en concreto de la circunscripción consular en la que ha solicitado ser inscrito. Es importante tener en cuenta este detalle, pues el cambio de "residente en el Ecuador" a "residente en el exterior", a efectos de la legislación electoral, no se hace automáticamente ni por arte de magia, sino que requiere una actuación concreta del interesado. No hay que confundir esta inscripción de naturaleza electoral con la inscripción consular ( matrícula consular), que no es otra cosa que un registro de los nacionales del país que residen de hecho en la circunscripción consular del respectivo consulado, pues la finalidad de esta inscripción consular no es de naturaleza electoral sino censal, para determinar cuántos nacionales residen en la demarcación, a efectos de prestarles asistencia en caso de emergencia, pero también para fines de organización de los propios consulados ( a mayor número de nacionales residiendo en una circunscripción, mayores serán los recursos y personal que se necesitará para atender a los requerimientos que pudieran tener y en consecuencia, mayor el presupuesto requerido para el funcionamiento).

En todo caso, cuando se vota en el exterior también se entrega a la persona un certificado de votación, que le puede servir en todos los trámites públicos y privados que deba llevar a cabo en Ecuador, aunque en todo caso, al ser un residente fuera de Ecuador, para quien el sufragio es facultativo, no debería exigírsele ( pero en cambio, sí debe probar, para que no se le exija, la calidad de residente fuera de Ecuador).

4.- En Ecuador, ordinariamente las elecciones se llevan a cabo en día domingo. La campaña electoral se cierra el jueves inmediatamente anterior al domingo en que tendrán lugar las elecciones a las 23:59 h. . Y desde las 12:00 h. del viernes inmediatamente anterior al domingo en que tendrán lugar las elecciones hasta las 12:00 h. del lunes imnediatamente posterior al domingo en que han tenido lugar las elecciones, rige la LEY SECA. Esto significa que, durante el período en que está vigente la LEY SECA no puede ofrecerse ni venderse bebidas alcohólicas en tiendas de barrio, supermercados, licoreras, bares, restaurantes, hoteles, etc. y tampoco puede consumírselas en la vía pública ni en locales públicos, ni salir a la calle bajo sus efectos ( aunque haya bebido en su casa), porque la inobservancia de la LEY SECA en período electoral constituye infracción y puede dar lugar a detenciones. En cambio, nada impide que se consuma bebidas alcohólicas en viviendas particulares, siempre y cuando no se salga a la calle bajo sus efectos.

Esta vigencia de la LEY SECA puede llamar la atención a extranjeros en cuyos países no rige y puede tomarlos por sorpresa si están de visita en Ecuador en días de elecciones o han llegado recientemente a vivir en el país y no han estado informados de esta peculiaridad.

Las elecciones normalmente se llevan a cabo en colegios y campus de universidades, que mientras acogen las mesas electorales reciben el nombre de "recintos electorales". Los recintos electorales abren a las 7:00 h. y cierran a las 17:00 h. . A partir de las 17:00 h., ya no se permite votar a nadie más, pero si hay gente en la cola para votar, se le entrega un certificado de presentación. A continuación, se desaloja a personas que no sean integrantes de las mesas electorales, se cierra el recinto electoral, se abre las urnas y comienza el escrutinio, que dependiendo del tipo de elección, puede prolongarse de dos a tres horas. Durante la jornada electoral, custodian el recinto electoral agentes de la Policía Nacional y en el interior, cada mesa electoral está custodiada por un efectivo de las Fuerzas Armadas (puede ser del Ejército, la Armada o la Fuerza Aérea ) . También son los efectivos de las Fuerzas Armadas los encargados de custodiar las urnas electorales y el material no utilizado al momento de transportarlo a la sede provincial del Consejo Nacional Electoral. En el extranjero, normalmente los consulados de Ecuador contratan un local para el funcionamiento del recinto electoral y para la seguridad se solicita el apoyo del Cuerpo de Policía del respectivo país para vigilar el exterior y en el interior, la seguridad se la encomienda a empresas de seguridad privada ( normalmente, suele haber alrededor de 20 - 30 guardias de seguridad privados para controlar la seguridad dentro del recinto electoral en el exterior, dependiendo del tamaño y del número de electores).


5.- La política del país en el que se vive nunca debe dejar de interesar a quienes viven en él, sean nacionales o extranjeros. En todo caso, los extranjeros deben estarlo en la medida en que las decisiones políticas puedan afectar sus intereses directamente vinculados con su permanencia en el país, pues si por decisiones políticas erráticas los intereses de alguien que se ha establecido en un país que no es el suyo buscando beneficios de diversa índole ( aunque por lo general, de naturaleza económica, laboral, empresarial) se ven afectados, la propia razón de ser de la expatriación podría verse en peligro o al menos hacer plantearse la posibilidad de dejar el país, bien para regresar al de origen o bien para buscar otro donde sus intereses estén mejor protegidos. Con todo, el interés en la política no debe ser meramente nominal o informativo, sino también activo en la medida en que las circunstancias personales y el estatus jurídico que se tenga en el país lo permitan. Y esto es posible de diferentes maneras, siempre que se tenga la voluntad de participar con los medios que estén a su alcance.

Un cordial saludo.

Alec

Hola marquesdevelez,

¡Muchas gracias por este gran aporte! Estamos seguros de que sera útil a los demás miembros. :one

Un saludo,
Alec
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