Menu
Expat.com
Buscar
Revista
Buscar

Más detalles sobre la ‘Ley de Nietos’

Ensanche de Barcelona
Photo by Nick Wehrli from Pexels
Escrito porJavier Olivas Alguacilel 03 Marzo 2021

Fueron muchas las consultas recibidas seguido a la publicación del artículo de la semana pasada: Descendientes de españoles, nueva ley para recuperar la nacionalidad. Es por ese motivo que deseamos ampliar la información, puntualizando que la ley está pendiente de su validación en el Senado. Se espera que pueda ser efectiva este año. 

La nueva ley puede dar la oportunidad de una nueva vida a nietos y nietas de españoles. Recuperar la nacionalidad les permitirá poder residir de manera permanente en España o en cualquier país de la Unión Europea. Son numerosas las personas que esperan con anhelo la ratificación definitiva de la nueva norma y su implementación.  

En el precedente artículo hablamos de los posibles beneficiarios de la ley así como de los documentos necesarios para presentar la solicitud. A continuación damos algunos detalles sobre cómo y dónde realizar los trámites. Para aquellos que quieran consultar el texto íntegro, lo pueden hacer en este enlace del Boletín Oficial del Estado.

¿Cómo y dónde tramitar la nacionalidad española una vez aprobada la ley?

La solicitud para recuperar la nacionalidad española podrá hacerse desde el extranjero o en el territorio español. Es importante informarse sobre los documentos a entregar en la administración antes de empezar los trámites, para evitar perder el tiempo y es que algunos de los certificados que se han de presentar pueden requerir un cierto tiempo hasta poder ser emitidos. 

Aquellas personas que deseen recuperar la nacionalidad española deberán solicitar cita en el consulado español del país en el que residen, de encontrarse en España pueden hacer la gestión en el Registro Civil Central. La petición de cita se puede hacer online a través de las webs oficiales de los consulados correspondientes o de del Registro Civil Central.

Una vez celebrada la cita y entregados los documentos necesarios para la solicitud se entregará al interesado constancia escrita de los documentos aportados e identificación de su solicitud. En caso de que, en la primera cita, el solicitante no aportara toda la documentación requerida, se contempla la posibilidad de conceder una nueva cita para completar el dossier.

¿Cómo se solicitará cita para realizar los trámites?

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación prevé establecer una plataforma electrónica común a todos los registros civiles consulares para la obtención de la cita para todos los interesados. Esta plataforma será integrada en las páginas webs de cada uno de los consulados así como en la del Ministerio de Exteriores y el de Justicia.

Plazo de resolución

Como dice el refrán, las cosas de palacio van despacio. Mejor no tener prisa y armarse de paciencia para no sucumbir a un ataque de ansiedad. En este sentido el texto establece que las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española reguladas en la presente Ley deberán de ser resueltas en el plazo máximo de doce meses desde que hubiera tenido entrada toda la documentación en el registro civil, en España o en el Consulado correspondiente, según los términos previsto en el artículo 2.

Formalidades
Sobre

Lingüista y especialista en el tratamiento de la información, Javier es responsable de comunicación y contenidos para la comunidad hispanohablante en Expat.com

Comentarios

  • eportalet
    eportalethace 3 años(Modificado)
    Mi abuelo materno nació en España en 1885 y emigro a la Argentina. Mi nombre Ernesto Portalet. Soy argentino. Tengo 69 años. Quiero saber sobre el tramite para sacar la ciudadanía española, ya que a finde año quiero viajar para radicarme allá.
  • Ariel  Santiago
    Ariel Santiagohace 4 años(Modificado)
    Hola Mi Nombre es Ariel Muzzupappa, Soy Argentino y soy hijo de Italiano por parte de mi padre y bisnieto de Españoles por parte de Madre.... Mi pregunta es, Yo hace 8 años que vivo en Marsella, Francia por razones de Salud, fui al Consulado Italiano de aquí y por ( 2 ) veces la Cónsul Italiana de aquí me rechazo el dossier ( por burocracia ) yo tengo todos los documentos !!!! Alguien me puede decir o ayudar cómo puedo tramitar mi ciudadanía Italiana ??? La necesito Imperiosamente, Gracias ...!!!
  • Sentilecto
    Sentilectohace 4 años(Modificado)
    Le envié el artículo anterior a varios amigos de Argentina y USA que estaban esperando esta Ley para poder hacerse españoles. Entiendo que todos podemos equivocarnos, pero en un tema tan sencible para tanta gente, me parece que antes de publicar algo así habría que tener seguridad. La información no la están ampliando, la están cambiando. No pedir disculpas y no llamar a las cosas por su nombre intentando disimular el error habla del portal más que sus artículos. Personalmente espero las disculpas. Si tuviesen la menor idea la alegría que causó a uno de mis amigos saber que se podría hacer español y ahora sabrá que tendrá que seguir esperando, comprenderían que no reconocer lo que han hecho es una falta de empatía. Muchos saludos,
  • filoguitar
    filoguitarhace 4 años(Modificado)
    hola, qué sucedería en el caso que la Administración no se pronuncie en el plazo de 12 meses, porque en alguno de los proyectos se había estipulado que si en 6 meses no se tenía una respuesta, el silencio, otorgaba la nacionalidad. Veo que ahora son 12 meses. Saludos y gracias