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Informacion para Viajar de Turista

Último actividad 25 Abril 2013 por marquesdevelez

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CristianPaul

Hola queria saber si podrian ayudarme explicandome los requisitos dinero o documentacion que se necesita para viajar de clase turista a otro pais muchas gracias.

marquesdevelez

CristianPaul escribió:

Hola queria saber si podrian ayudarme explicandome los requisitos dinero o documentacion que se necesita para viajar de clase turista a otro pais muchas gracias.


Hola. Pero no indica ni su nacionalidad, ni al país al cual quiere dirigirse. En el caso de que usted fuera de nacionalidad ecuatoriana:

1.- A Estados miembros de la Comunidad Andina de Naciones, puede ingresar provisto de cédula de identidad y ciudadanía O de su pasaporte en vigor, junto con la Tarjeta Migratoria Andina.

2.- A Estados con los que el Ecuador tuviera Convenio sobre libre circulación de personas: con los documentos que se hubiera expresamente pactado para permitir dicha circulación, que generalmente son cédula de identidad y ciudadanía O pasaporte en vigor. Estos países son, actualmente, además de los de la Comunidad Andina de Naciones, los siguientes: todos los del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela)y Chile.

NOTA IMPORTANTE.- Tanto a los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones, como a los países con los que el Ecuador mantiene Convenio de libre circulación de personas, el hecho de que se pueda circular solo con el documento de identidad o pasaporte y se facilite la entrada, no exime a las personas de nacionalidad ecuatoriana de cumplir con la normativa interna de cada Estado en lo concerniente a la solicitud de las correspondientes visas o permisos de residencia, en el caso de que tengan la voluntad de establecerse en ese país o desarrollar actividades lucrativas.

3.- A los demás Estados, el documento de viaje que ordinariamente se requiere es el pasaporte ordinario en vigor. Si, además, el Estado a cuyo territorio se dirija, exige visa a las personas de nacionalidad ecuatoriana, bien para ingresar y permanecer en su territorio, bien para tránsito por sus aeropuertos, puertos o por su territorio camino hacia un tercer país, debe proveerse de la visa correspondiente. Para saber si requiere o no requiere visa para ir a algún Estado, debe contactar con la Embajada o Consulado de ese país acreditado en el Ecuador o directamente, contactar con el Ministerio de Relaciones Exteriores de ese país.

4.- En cuanto a medios económicos: cada Estado puede fijar libremente lo que estime necesario que un extranjero deba llevar, según el tiempo previsto de permanencia en el país. En general, en América del Sur no suele haber requerimientos de cantidades mínimas a ecuatorianos (aunque formalmente puedan estar establecidas en las legislaciones de los países). Fuera del subcontinente, es posible que haya algún requerimiento.

A manera de información, en el caso de España, se requiere acreditar un mínimo de 64,53 euros por persona y día, con un mínimo toral de 580,77 euros. Adicionalmente, se exige acreditar alojamiento adecuado, bien en hotel o bien en vivienda particular, para lo cual es suficiente con la expedición de una Carta de Invitación, que debe ser autorizada por el Cuerpo Nacional de Policía. Una vez cruzada la frontera de España, se habrá ingresado en el espacio de Schengen, por el que se puede circular libremente y permanecer hasta por 90 días.



Un cordial saludo.

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