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Último actividad 31 Diciembre 2013 por Brayan Toussaint

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louidel toussaint

Hola !!!
yo soy  de nacionalidad haitiano;vivo en ecuador con una visa 9-vi.quisiera saber si puedo visitar otro pais como colombia,chile,peru,sin solictar algun tipo de visa.
Gracias!!!

marquesdevelez
louidel toussaint escribió:

Hola !!!
yo soy  de nacionalidad haitiano;vivo en ecuador con una visa 9-vi.quisiera saber si puedo visitar otro pais como colombia,chile,peru,sin solictar algun tipo de visa.
Gracias!!!


Hola. Eso dependerá de si esos países exigen o no visa a las personas de nacionalidad haitiana. Con todo, existe la Decisión 503 de la Comunidad Andina de Naciones, por la cual se dispone que puedan circular por el territorio de los Estados miembros los respectivos nacionales solamente con el documento de identidad (sin que sea indispensable el pasaporte) y respecto de los extranjeros de terceros países que sean residentes legales en cualquiera de los Estados miembros, se establece que puedan circular con su pasaporte en vigor más la cédula o carné como extranjero que le hubiera sido expedida en el respectivo país de residencia. Con todo, queda a salvo el derecho de cada Estado miembro a exigir visa a los nacionales del país que consideren conveniente.

Igualmente, el Convenio sobre libre circulación, celebrado entre los Estados miembros del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela), los Estados miembros de la Comunidad Andina de Naciones (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú) y Chile, establece que sus nacionales pueden circular por todo el territorio de los respectivos países únicamente con el documento de identidad, sin que sea indispensable el pasaporte. Ahora bien; respecto de los extranjeros de terceros Estados que fueran residentes legales en cualquiera de los Estados mencionados, se permite también que circulen con su pasaporte en vigor y su respectivo documento como extranjero expedido por el Estado en el cual son residentes, pero asimismo, se deja la salvedad de que cada Estado pueda, de acuerdo con su legislación interna, exigir visado a los nacionales de los países que creyeren conveniente. Es decir, en todo caso, se deja a salvo siempre una facultad que es inherente a la soberanía de los Estados (determinar, conforme a su legislación interna, sobre la admisión de extranjeros a su territorio, la forma de ingreso, el tiempo máximo de permanencia y las actividades que pueden realizar), que en ningún caso queda menoscabada, ni renunciada.

Por eso, lo más conveniente es que contacte con los Consulados de los países que quiera visitar, acreditados en Ecuador y se informe de si necesitará o no visa para ingresar en el territorio de esos países, teniendo en cuenta su nacionalidad.

Un cordial saludo.

Brayan Toussaint

Muchas gracias !!!

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