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Cuánto tiempo puedo estar como turista en Ecuador

Último actividad 07 Agosto 2019 por marquesdevelez

Nueva conversación

Giselaprado

Hola soy de argentina y se me están por cumplir 90 días como turista en Ecuador , quería saber si se puede estar más tiempo o hay que hacer algún trámite , leí que hasta 180 días pueden ser pero quería saber si es verdad , si alguien me puede ayudar con eso, desde ya muchas gracias !

Alec

Hola Giselaprado,
bienvenida a https://www.expat.com:)

He movido tu mensaje al Foro Ecuador para que tenga mejor visibilidad.

Te animo a que, en lo que otros te respondes, leas con detenimiento la Guía para vivir en Ecuador, en donde hallarás más información sobre tu pregunta. También te invito a consultar las demás conversaciones del Foro Ecuador, en otros han dado mas informacion. :top:

Saludos,
Alec
equipo https://www.expat.com

marquesdevelez

Giselaprado escribió:

Hola soy de argentina y se me están por cumplir 90 días como turista en Ecuador , quería saber si se puede estar más tiempo o hay que hacer algún trámite , leí que hasta 180 días pueden ser pero quería saber si es verdad , si alguien me puede ayudar con eso, desde ya muchas gracias !


Hola :

Si es de nacionalidad argentina, de acuerdo con la vigente Ley Orgánica de Movilidad Humana, le deben conceder 180 días de permanencia en calidad de visitante temporal ( turista). Ahora bien : las disposiciones legales actualmente vigentes, que brindan un tratamiento jurídico favorable a los nacionales de Estados parte de la UNASUR, están a punto de ser reformadas, pues Ecuador decidió abandonar la UNASUR, al igual que Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Perú y Paraguay. Al haberse decidido abandonar esa organización internacional y haberse iniciado el procedimiento para denunciar su tratado constitutivo, dejan de tener sentido todas las disposiciones de la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento de desarrollo que se refieren a la "ciudadanía sudamericana" y que en razón de ella brindan un tratamiento jurídico más favorable a quienes eran considerados "ciudadanos sudamericanos" en el marco de la UNASUR.

Pero de momento siguen en vigor esas disposiciones y hasta tanto no sean derogadas o reformadas, siguen siendo aplicables.

En todo caso, si se dejase de brindar el tratamiento jurídico favorable que se ha venido brindando a los nacionales de Estados parte de la UNASUR y en adelante se les concede solo 90 días de permanencia, como a cualquier otro extranjero no nacional de otro Estado parte de la UNASUR, siempre podrán solicitar una prórroga de estancia por otros 90 días, siempre y cuando la soliciten oportunamente ante cualquier oficina del Servicio de Apoyo Migratorio de la Dirección Nacional de Migración del Ministerio de Gobierno ( antiguo Ministerio del Interior) .

Por ello, de acuerdo con el marco normativo actualmente vigente, a usted lo más seguro es que le hayan concedido 180 días de permanencia como visitante temporal ( turista) y no solo 90 .

Un cordial saludo.

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