Hola soy de Costa Rica tengo 41 años y una hija de 14 años. Soy abogada, mi situacion economica en Costa Rica no es buena, he pedido un permiso sin goce de salario en mi trabajo, porque las deudas me estan ahogando. Deseo mudarme junto con mi hija a España, Madrid en encanta!!! Pero me asusta la idea de estar alla y no encontrar trabajo lugar pata vivir y colegio para mi hija. Agradezco si pueden ayudarme con sus comentarios.
Hola:
1.- Lo principal, es que busque venir legalmente, hay diferentes vías en la normativa de Extranjería que rige en España. De lo contrario, se expone a llevar una existencia precaria, pues no podrá acceder legalmente al mercado de trabajo o trabajar por su cuenta.
2.- La educación pública es gratuita para todas las personas comprendidas en edad de escolarización obligatoria (entre los 5 y los 16 años de edad) y es indiferente la situación jurídica-administrativa del menor extranjero en España o la de sus progenitres, porque el acceso a la educación básica es un derecho fundamental.
3.-Lugar para vivir se puede encontrar, siempre que lo pueda pagar. Si alquila un piso el propietario le pedirá entre uno y dos meses de fianza más el mes corriente y el equivalente a una mensualidad en concepto de honorarios para el agente inmobiliario que redactará el contrato de arrendamiento y hará todas las gestiones administrativas. Además, le pueden requerir que contrate un seguro de impago de alquiler o bien un aval bancario, sobre todo, si al momento de arrendar el piso no puede demostrar documentalmente que cuenta con una fuente de ingresos fijos y regulares.
4.- Si quisiera ejercer como abogada en España, tendría que seguir los siguientes pasos:
- Solicitar la homologación del título universitario de su país al título oficial español de graduado en Derecho en el Ministerio de Educación.
- Cursar el máster oficial en Abogacía.
- Rendir el examen de Estado en el Ministerio de Justicia, superado el cual, se expide el título profesional de abogado.
- Afiliarse a un colegio de abogados de España.
NOTA.- En España las universidades expiden al finalizar la carrera de Derecho el título de graduado en Derecho, que es académico, equivalente a las antiguas licenciaturas, pero no habilita por sí solo para ejercer la abogacía. Para poder ejercer la abogacía es necesario obtener el título de ABOGADO, que es un título profesional, que expide el Ministerio de Justicia, que exige para su expedición la superación de un examen. Y para poder estar en condiciones de rendir ese examen, es necesario previamente haber cursado un máster oficial en Abogacía y haber obtenido la correspondiente titulación oficial.
Un cordial saludo.